MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DOCTORA LUISA VARELA ÁLVAREZ DE ARAYA Y COMPAÑÍA LTDA.

RUT 76014520-3 CVE 2402801
Fecha instrumento
31 de octubre de 2023
Notaría
Curicó

Instrumento

Fecha
31 de octubre de 2023
Notario
HERNAN FUENTES ACEVEDO
Oficio
Tercera Notaria de Curicó
Comuna
Curicó

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Curicó, Carmen 498 certifica: Por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 31 de Octubre de 2023, doña LUISA DEL CARMEN VARELA ALVAREZ DE ARAYA, don GUILLERMO EDUARDO VARELA ADASME, y don MIGUEL ANGEL CALQUIN NAVARRETE, modificaron sociedad “DOCTORA LUISA VARELA ALVAREZ DE ARAYA Y COMPAÑÍA LTDA”, constituida por escritura pública de fecha 6 de septiembre del año 2003, inscrita en Fojas 449 N°353 en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2003. Modificación consiste: don GUILLERMO EDUARDO VARELA ADASME, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 60% de las acciones sociales, que se distribuye de la siguiente manera: a) vende, cede y transfiere a doña LUISA DEL CARMEN VARELA ALVAREZ DE ARAYA el 50% de sus acciones sociales, quien compra, acepta y adquiere para las acciones y derechos de las que es dueño el cedente en la sociedad en $28.800.000, que el cesionario paga al cedente, en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibir dicha suma a su más entera satisfacción y conformidad no teniendo cargo alguno que formular al respecto.- y b) vende, cede y transfiere a don MIGUEL ANGEL CALQUIN NAVARRETE el 10% de sus derechos sociales quien compra, acepta y adquiere para sí, sus acciones y derechos de las que es dueño el cedente en la sociedad en la suma de $19.200.000. El cesionario paga al cedente, en este acto al contado en dinero efectivo, declarando esta última recibir dicha suma a su más entera satisfacción y conformidad no teniendo cargo alguno que formular al respecto. En virtud de las cesiones practicadas en la cláusula precedente quedan como únicos y exclusivos socios, doña LUISA DEL CARMEN VARELA ALVAREZ DE ARAYA con 60% del capital social y don MIGUEL ANGEL CALQUIN NAVARRETE con un 40% del capital social. En todo lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social primitivo. Demas estipulaciones en escritura extractada.- Curicó 31 de Octubre de 2023.