MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORIAS LEGALES Y TRIBUTARIAS CANTILLANA & SALINAS LIMITADA

RUT 77744892-7 CVE 2402039
Fecha instrumento
13 de octubre de 2023

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2023
Repertorio
3647/2023
Notario
CECILIA GALVEZ PINO
Domicilio
Av. Libertad N.º 1155-A

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular, con domicilio en Av. Libertad N.º 1155-A, certifica: por escritura pública de 13 de octubre de 2023, Repertorio N° 3647/2023, ante mí, comparecen don PABLO VICTOR ANDRÉS CANTILLANA GUERRERO, chileno, conviviente civil, abogado, cédula nacional de identidad número 18.784.778-8, domiciliado en avenida General José Artigas número 3055, departamento 603, comuna de Ñuñoa, de paso en esta; doña MACKARENA FERNANDA LOAIZA ALTAMIRANO, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 18.915.081-4 con domicilio en Von Schroeder 385, departamento 202, comuna de Viña del Mar, de paso en esta; y doña SOFIA ANDREA SALINAS BONILLA, chilena, conviviente civil, contador público auditor, cédula nacional de identidad número 19.872.896-9, con domicilio en avenida General José Artigas número 3055, departamento 603, comuna de Ñuñoa, de paso en esta. Los comparecientes celebraron la siguiente cesión de derechos: doña MACKARENA FERNANDA LOAIZA ALTAMIRANO , vende, cede y transfiere a doña SOFIA ANDREA SALINAS BONILLA, el 45% (cuarenta y cinco por ciento) de los derechos sociales que ella tiene sobre la sociedad denominada “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORIAS LEGALES Y TRIBUTARIAS CANTILLANA & SALINAS LIMITADA”, ya individualizada, quien los compra y acepta para sí, en la suma de ($1.500.000) un millón quinientos mil pesos, cantidad que la parte compradora pagó con anterioridad a la fecha de celebración del presente instrumento, declarando la parte vendedora haberla recibido a su entera confirmada y plena satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos referida la participación societaria - derechos y porcentajes - de la “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORIAS LEGALES Y TRIBUTARIAS CANTILLANA & SALINAS LIMITADA”, queda de la siguiente forma: Uno) a don PABLO VICTOR ANDRÉS CANTILLANA GUERRERO, le corresponde el (50%) cincuenta por ciento de la participación social; y Dos) a doña SOFIA ANDREA SALINAS BONILLA, le corresponde el (50%) cincuenta por ciento de la participación social. Cada uno de los socios entero completamente el valor asociado a su participación al capital de la sociedad, quedando este íntegramente pagado. Se modifica el estatuto social de la siguiente forma: Se modifica la cláusula SEXTO del estatuto social, en el entendido que los aportes del capital se ven alterados. Así las cosas la cláusula SEXTA queda del siguiente tenor: “SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo, por los únicos y actuales socios de la misma de la siguiente manera: (Uno) don Pablo Víctor Andrés Cantillana Guerrero, aporta y paga la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales; y (Dos) doña Sofia Andrea Salinas Bonilla, aporta y paga la suma de un millones quinientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 03 de noviembre de 2023.