MAS SERVICIOS E INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2014
- Notario
- Paulina Celis Maggi
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Providencia don Fernando Celis Urrutia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público de Santiago, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don JOSE ANDRES ALLENDE GONZALEZ y doña KATHERINE MONICA GENTINA IBARRA, ambos domiciliados en calle Martín de Zamora número tres mil seiscientos veintiuno, departamento sesenta y nueve, comuna de Las Condes, Santiago; y doña MARISOL DEL CARMEN GONZÁLEZ LÓPEZ, domiciliada en Av. Los Toros número cero mil cuatrocientos diecinueve, comuna de Puente Alto, Santiago; modifican la sociedad de responsabilidad limitada “MAS SERVICIOS E INVERSIONES LIMITADA”, nombre de fantasía “Mas Servicios Ltda., Rut N° 76.322.603-4, la que se constituyó por escritura pública de fecha 9 de enero de 2014, otorgada ante el Notario Público de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia; un extracto de la referida Escritura Pública de Constitución Social se inscribió en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, a fojas 2691, bajo el número 1809, y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile N° 40755 de fecha 13 de enero de 2014, código de verificación electrónica 732166.- La sociedad fue modificada mediante escritura pública de 3 de octubre de 2023, otorgada ante el Notario Público de Santiago, doña Paulina Celis Maggi, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia; un extracto de la referida Escritura Pública de Modificación Social se inscribió en el Registro de Comercio, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, a fojas 85929, bajo el número 37015, y un extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile N° 43671 de fecha sábado 7 de octubre de 2023, Código de Verificación Electrónico N° 2387785.- Modificación consiste: La socia Marisol Del Carmen González López, vende, cede y transfiere el 30% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a Katherine Mónica Gentina Ibarra, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la cantidad de $150.000.- suma que la parte cesionaria paga en el acto al contado y en dinero en efectivo a la parte cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- Como consecuencia de la cesión antes señalada se retira de la sociedad doña Marisol Del Carmen González López, quedando como únicos y actuales socios don José Andrés Allende González y doña Katherine Mónica Gentina Ibarra, cada uno con un 50% por ciento del capital social y propiedad de la sociedad.- Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula segunda del pacto social primitivo, quedando de la siguiente manera: “SEGUNDO: El nombre o razón social será “MAS SERVICIOS E INVERSIONES LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, incluso para fines comerciales y de publicidad el siguiente: “MAS ESTUDIO DE INGENIERÍA LTDA.”. Los actuales socios, ya señalados precedentemente, vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social primitivo, quedando de la siguiente manera: “CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Don JOSÉ ANDRÉS ALLENDE GONZÁLEZ, aporta al contado y en dinero efectivo, la suma doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social, que ingresan en este acto a la caja social; y B) Doña KATHERINE MÓNICA GENTINA IBARRA, aporta al contado y en dinero efectivo, la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social, que ingresan en este acto a la caja social.”.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- En todo lo no modificado rige en todas las cláusulas establecidas en el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Providencia, 31 de octubre del año 2023.