ASESORÍAS BEDFORD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2023
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La Sociedad tendrá duración ilimitada, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública inscrita en el Registro de Comercio respectivo y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el mismo registro
Objeto social
Tendrá por objeto la asesoría en materias energéticas, financieras, inmobiliarias y comerciales en general, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, por cuenta propia o a través de terceros. ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica: Que, por escritura pública, de fecha 2 de noviembre de 2023, ante mí, don Carlos Francisco Espinosa Barrios y doña Francisca María Lund Vera-Pinto, ambos domiciliados en Padre Letelier N° 329, comuna de Providencia, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “ASESORÍAS BEDFORD LIMITADA”, nombre de fantasía “Bedford Ltda.”. OBJETO: Tendrá por objeto la asesoría en materias energéticas, financieras, inmobiliarias y comerciales en general, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, por cuenta propia o a través de terceros. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá al socio Carlos Francisco Espinosa Barrios, ya individualizado, quien, actuando individualmente, y sin limitación alguna, representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad. CAPITAL: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: (a) don Carlos Francisco Espinosa Barrios aporta la suma de $990.000, equivalente al 99% de los derechos sociales, que paga en el acto de constitución; (b) doña Francisca María Lund Vera-Pinto aporta la suma de $10.000, equivalente al 1% de los derechos sociales, que paga en el acto de constitución. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La Sociedad tendrá duración ilimitada, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública inscrita en el Registro de Comercio respectivo y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el mismo registro. DOMICILIO: Ciudad de Santiago. Demás cláusulas constan en pacto social extractado. Santiago, 6 de noviembre de 2023.