CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES G3 LIMITADA

RUT 78296820-3 CVE 2401513
Capital
$7.926 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$7.926 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Será la inversión por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones o derechos. La compra, venta y arrendamiento de bienes inmuebles, y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos

Administración

Corresponderá a GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, amplias facultades. En caso de fallecimiento o incapacidad acreditada con certificado de COMPIN de don GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, la administración y el uso de la razón social, será ejercida por doña CARLA MARITANO FUENTEALBA, quien la podrá ejercer con todas y cada una de las facultades de administración señaladas en el Estatuto social de la compañía

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa número 7.955, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, ROSARIO NOVION MARITANO, VICTORIA NOVION MARITANO, GERMAN ALFONSO NOVION MARITANO, FRANCISCA NOVION MARITANO y “AGRÍCOLA SANTA CARLA LIMITADA”; todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N°181, oficina 803, Lo Barnechea, Santiago, R.M., acordaron división “INVERSIONES DON PEPE LIMITADA”, Rut 78.296.820-3, inscrita en Reg. Comercio Santiago a fojas 31.529, Nº18.935 del año 1992, creando la siguiente sociedad: “INVERSIONES G3 LIMITADA”, capital sociedad creada por división será de $7.926, el cual debe ser descontado del capital de “INVERSIONES DON PEPE LIMITADA”, el que se reduce a $1.115.001. La sociedad “INVERSIONES DON PEPE LIMITADA” continuará existiendo y mantendrá todos sus activos y pasivos, sola excepción los que pasan a asignar y constituir a la sociedad creada por división, cuyos estatutos son: Socios: ROSARIO NOVION MARITANO, VICTORIA NOVION MARITANO, GERMAN ALFONSO NOVION MARITANO, FRANCISCA NOVION MARITANO y “AGRÍCOLA SANTA CARLA LIMITADA”, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N°181, oficina 803, Lo Barnechea, Santiago, R.M. Razón social: “INVERSIONES G3 LIMITADA”. Objeto: Será la inversión por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones o derechos. La compra, venta y arrendamiento de bienes inmuebles, y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos. Administración: Corresponderá a GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, amplias facultades. En caso de fallecimiento o incapacidad acreditada con certificado de COMPIN de don GERMÁN ALFREDO NOVION VERDUGO, la administración y el uso de la razón social, será ejercida por doña CARLA MARITANO FUENTEALBA, quien la podrá ejercer con todas y cada una de las facultades de administración señaladas en el Estatuto social de la compañía. Capital: $7.926, aportado en los siguientes montos y proporciones: a) ROSARIO NOVION MARITANO, aporta, entera y paga $1.783, equivalente al 22,5% del capital social y de los derechos sociales de la compañía, b) VICTORIA NOVION MARITANO, aporta, entera y paga $1.783, equivalente al 22,5% del capital social y de los derechos sociales de la compañía, c) GERMAN ALFONSO NOVION MARITANO, aporta, entera y paga $1.783, equivalente al 22,5% del capital social y de los derechos sociales de la compañía, d) FRANCISCA NOVION MARITANO, aporta, entera y paga $1.783, equivalente al 22,5% del capital social y de los derechos sociales de la compañía y e) “AGRÍCOLA SANTA CARLA LIMITADA”, aporta, entera y paga $794, equivalente al 10% del capital social y de los derechos sociales de la compañía. El capital social ha sido íntegramente suscrito, enterado y pagado mediante la parte del capital que de “INVERSIONES DON PEPE LIMITADA” le ha sido asignada en la división a “INVERSIONES G3 LIMITADA” de acuerdo al balance de división y que se entiende que los socios aportan, en las proporciones indicadas, y avalúan en dichas cifras de común acuerdo. Duración: 5 años desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que una de las partes notifique su intención de ponerle término con una anticipación de a lo menos 6 meses. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de octubre del 2023. MARCELA MEDINA RICCI.