ASESORÍAS E INVERSIONES EXPRESSCRED LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, certifico por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2023, ante mí, don DAVID ARNOLD BRENDER RAMÍREZ, cédula nacional de identidad Nº 9.091.966-0, y doña CAROLINA VERÓNICA TOMICIC GUELL, cédula nacional de identidad Nº10.647.517-2, ambos con domicilio en Santa Brígida Nº 421, Depto 52, comuna de las Condes, modificaron la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES EXPRESSCRED LIMITADA”, cuyo extracto de esta sociedad se encuentra inscrito en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas 43515, Nº31103, del año 2007, y el capital de la sociedad es de $1.000.000, en el siguiente sentido: “SEGUNDO: La razón social será “ASESORÍAS EXPRESSCRED LIMITADA”, pudiendo usar también para fines comerciales o de fantasía “EXPRESSCRED LTDA”. Así mismo se modificó el artículo CUARTO de los estatutos sociales en el siguiente sentido: “CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La realización de asesorías y o consultoría técnica para sí o para terceros, sean estos personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de estudios y proyectos en el area financiera, comercial y o económica; b) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; c) La prestación de servicios a la industria y al comercio, sean personas naturales o jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente, en el área de retail; d) La intermediación en el cierre de contratos de prestación de servicios de implementación de sistemas de pagos remotos, y ejecutar todos los actos, concretar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; e) La prestación de servicios, en territorio nacional o el extranjero como en el área de asesoría técnica en informática, técnica y financiera, y en general cualquier otra actividad que de común acuerdo decidan los socios.” En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguiran vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada Santiago, 25 de octubre del 2023.