MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FORESTAL YENECO LIMITADA

RUT 76912129-3 CVE 2400613
Capital
$2.500.000 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2023

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2023
Repertorio
1075
Notario
RICARDO ANDRES RETAMAL PARADA
Domicilio
las comunas de Lebu y Los Álamos

Sociedad

Capital
$2.500.000 CLP
Ley aplicable
ley N° 20.494

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Sociedad de Responsabilidad Limitada FORESTAL YENECO LIMITADA socio 76912129-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FORESTAL YENECO LIMITADALEBU, a 31 de octubre del año 2023, RICARDO ANDRES RETAMAL PARADA, Notario Público de las comunas de Lebu y Los Álamos, suplente del Titular don Daniel Álvarez Soza, certifico: Que, por escritura pública de fecha 26 de septiembre del año 2023, otorgada ante don Jorge Correa González, Notario Público de las comunas de Lebu y Los Álamos, Suplente del Interino don Ricardo Retamal Parada; JOSÉ ARISTIDES VEGA VALENZUELA, trabajador independiente, casado, separado totalmente de bienes, cédula de identidad n° 10.969.525-4, CRISTIAN MIGUEL GARCÍA ERENCHUN, empresario, casado, separado totalmente de bienes, cédula de identidad N° 10.289.030-2 y MIGUEL ALEJANDRO GARCÍA REAL, empresario, casado, separado totalmente de bienes, cédula de identidad N° 10.601.422-1, domiciliados calle Caupolicán N° 356, comuna de Los Álamos, quien comparece por sí y en representación, de la sociedad "AWESOME CONSULTING LIMITADA", RUT N° 77.046.842-6, domiciliada calle El Bautisterio N° 10.018, comuna de Las Condes, modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada FORESTAL YENECO LIMITADA, RUT N° 76.912.129-3, constituida por escritura pública de fecha 06 de agosto de 2018, repertorio N° 1075 año 2018, otorgada ante don Ricardo Andrés Retamal Parada, abogado, Notario Público Suplente del Titular de las comunas de Lebu y Los Álamos, don Luis Gillet Bebin. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la comuna de Lebu a fojas 40, bajo el número 24, correspondiente al año 2018, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 16 de agosto del año 2018, en su edición N° 42.133.- La referida sociedad fue transformada por escritura pública de fecha 12 de octubre de 2022, Repertorio N° 1360 año 2022, otorgada ante don Ricardo Retamal Parada, Notario Público Interino de las comunas de Lebu y Los Álamos. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la ciudad de Lebu a fojas 17, número 10, correspondiente al año 2022 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 22 de octubre del año 2022. Asimismo, la mencionada sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 26 de octubre de 2022, Repertorio N° 1467 año 2022, otorgada ante don Ricardo Retamal Parada, Notario Público Interino de las comunas de Lebu y Los Álamos. Un extracto de la referida escritura se inscribió en el Registro de Comercio de la ciudad de Lebu a fojas 20, número 12, correspondiente al año 2022 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de noviembre del año 2022.- Modifican la sociedad en el sentido siguiente: UNO) Modifican el objeto de la sociedad, agregando al efecto las siguientes actividades: El corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, urbanos y rurales, agrícolas y no agrícolas, estén o no edificados; inversiones, construcciones y asesorías de los mismos, la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, especialmente, forestales y agrícolas; servicios de tasación de todo tipo de inmuebles, urbanos y rurales, agrícolas y no agrícolas; servicios de tasación de bosques, plantaciones de todo tipo, de maderas en cualquiera de sus formas, de todo tipo de edificaciones, construcciones y obras; la forestación y reforestación de bosques, el estudio y realización de los planes respectivos para aplicar, en terrenos propios o ajenos, las más modernas técnicas de reproducción, conservación, sanidad y producción de la masa forestal; su explotación racional, legal y ecológica; la industrialización, el transporte, importación, exportación de maderas en cualquiera de sus formas y el aprovechamiento de ramas y hojas; la asesoría a terceros y el aprovechamiento de tierras de secano, aptas para forestación y otros cultivos; la prestación de servicios de asesoría jurídica, de estudios legales y de estudio de los títulos de dominio, relativos a bienes raíces de toda clase o naturaleza, sea por cuenta propia o ajena; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.- DOS) a.- don MIGUEL ALEJANDRO GARCÍA REAL, vende, cede y transfiere a la sociedad "AWESOME CONSULTING LIMITADA", la cual debidamente representada, compra, adquiere y acepta para sí, en la suma total de $2.500.000.-, la totalidad de los derechos sociales respecto de los cuales el vendedor y cedente es dueño y titular en la sociedad, los que equivalen al 50% de los derechos sociales de la sociedad FORESTAL YENECO LIMITADA. En esta cesión quedan comprendidos los haberes y derechos que al cedente le corresponden en la sociedad, en proporción al porcentaje de los derechos sociales objeto de la presente cesión, a cualquier título y especialmente su parte en capital, fondos en cuenta particular, y surtirá efecto entre los socios a contar de la fecha de la presente escritura; b.- El precio total de esta cesión es la suma de $2.500.000.-, que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo, y que el cedente declara recibir a su entera conformidad; c.- Los comparecientes se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse. Como consecuencia de la presente cesión referida en la cláusula segunda precedente, el socio don MIGUEL ALEJANDRO GARCÍA REAL se retira de la sociedad FORESTAL YENECO LIMITADA. Los comparecientes se otorgan el más amplio y completo finiquito, declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse. En virtud de la cesión y retiro antes señalados, quedan como únicos socios de la sociedad “FORESTAL YENECO LIMITADA”, don CRISTIAN MIGUEL GARCÍA ERENCHUN y la sociedad "AWESOME CONSULTING LIMITADA", en la proporción de un 50% cada uno de ellos, de los derechos sociales de esta sociedad. Las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) 50% para el socio don CRISTIAN MIGUEL GARCÍA ERENCHUN; y b) 50% para el socio sociedad "AWESOME CONSULTING LIMITADA. El capital social es la suma de $5.000.000. Para los efectos de lo establecido en la ley N° 20.494, los socios declaran que el capital social asciende a la suma de $5.000.000.- En todo lo que no se hubiere modificado, seguirá vigente lo estipulado en las escrituras públicas de transformación y modificación de sociedad, individualizadas en la cláusula primera de esta modificación.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Lebu, a 31 de octubre del 2023.