Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2023
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es el desarrollo de las siguientes actividades: a) Negociar, celebrar y suscribir contratos de compraventa respecto toda clase de bienes muebles, pudiendo pactar todo tipo de cláusulas, en especial pactos de retroventa, fijando precios, intereses y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, Santiago; por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2023, Rep. N°13.744-2023, ante mí, CRISTHIAN JAVIER YULAN YANGUA, constituye sociedad por acciones “EMTIPAY SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad es el desarrollo de las siguientes actividades: a) Negociar, celebrar y suscribir contratos de compraventa respecto toda clase de bienes muebles, pudiendo pactar todo tipo de cláusulas, en especial pactos de retroventa, fijando precios, intereses y demás estipulaciones de la esencia, de la naturaleza o aquellas meramente accidentales en dichos contratos; b) Operar una o más plataformas en línea para efectos de realizar todo tipo de transacciones sobre bienes muebles; c) Celebrar toda clase de actos o contratos con personas naturales o jurídicas que presenten servicios de pasarelas de pago; d) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, sea pura y simple o con pacto de retroventa u otras modalidades, de todo tipo de bienes muebles; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades complementarias o conexas al giro principal; g) Constituir y/o participar de todas clases de sociedades que acuerden el o los accionistas; h) La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; i) Cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo establezcan en el transcurso del negocio social, y j) Para tales objetos, la sociedad podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, actos y contratos que sean necesarios para el integro, adecuado y oportuno cumplimento de su objeto social. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 100.000 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada por no ser materia de extracto. En Santiago, 30 de octubre de 2023.-