Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2023
- Repertorio
- 8690
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la prestación de servicios de asesoría profesional y consultoría en materias de gestión de todo tipo de negocios, asuntos estratégicos, legales, éticos, económicos, administrativos, financieros, tributarios, contables, logísticos, informáticos, comunicacionales, corporativos, y sostenibles, a empresas, organismos gubernamentales y no gubernamentales, a personas naturales y, en general, a entidades de diversa índole y naturaleza; b) la prestación de asesorías y servicios profesionales en materias de gestión, planificación estratégica, cumplimiento legal, gobierno corporativo, planificación tributaria, evaluación de proyectos, valoración de empresas, administración integral de proyectos, desarrollo de proyectos, desarrollo sostenible, relaciones públicas y comunitarias, asuntos gubernamentales, comunicaciones, asuntos corporativos, asuntos ambientales, laborales, y cualquier otro ámbito de negocio en todas sus fases; c) la representación y agenciamiento de todo tipo de empresas, nacionales y extranjeras; y el servicio de intermediación, corretaje, brokering, vinculando o relacionando a dos o mas partes interesadas en realizar un negocio o transacción; d) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces; su explotación bajo la forma de compraventa, loteo, urbanizaciones, enajenaciones, de cualquier especie, o arriendos u otros; su administración y percepción de frutos; e) invertir y reinvertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios y créditos, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures, opciones y todo tipo de instrumentos representativos de inversión sean de renta fija o variable; f) la administración, comercialización y explotación de todos estos bienes y la percepción de sus ingresos; g) la realización de toda actividad comercial, incluso formando nuevas sociedades y o incorporándose a ellas, pudiendo comprar, vender, arrendar y comercializar todo tipo de bienes y servicios; y g) en general, ejecutar cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los fines sociales y toda otra actividad que acuerden los socios para el buen manejo de la sociedad. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta, a los accionistas Francisco Javier Cox Irarrázaval, y Mario Raúl González Ossa, quienes actuando conjuntamente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y anteponiendo a sus respectivas firmas la razón social, podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avda. Apoquindo N °3.196, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2023, Repertorio N° 8.690, otorgada ante mi, don FRANCISCO JAVIER COX IRARRÁZAVAL, chileno, abogado, divorciado, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos treinta y seis mil doscientos nueve guión K, domiciliado en calle Isabel Montt número tres mil trescientos treinta, Departamento número cuatro mil doscientos dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y don MARIO RAÚL GONZÁLEZ OSSA, chileno, casado con régimen de sociedad conyugal, empresario, cédula nacional de identidad número cinco millones setecientos quince mil diecinueve guión K, domiciliado en calle Tadeo Reyes número mil cuarenta y cinco, departamento setecientos dos, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron la sociedad por acciones denominada “Asesorías BLAP SpA, que se regirá por su estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; otorgando en la indicada escritura pública sus estatutos sociales, de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: “Asesorías BLAP SpA". Objeto. El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) la prestación de servicios de asesoría profesional y consultoría en materias de gestión de todo tipo de negocios, asuntos estratégicos, legales, éticos, económicos, administrativos, financieros, tributarios, contables, logísticos, informáticos, comunicacionales, corporativos, y sostenibles, a empresas, organismos gubernamentales y no gubernamentales, a personas naturales y, en general, a entidades de diversa índole y naturaleza; b) la prestación de asesorías y servicios profesionales en materias de gestión, planificación estratégica, cumplimiento legal, gobierno corporativo, planificación tributaria, evaluación de proyectos, valoración de empresas, administración integral de proyectos, desarrollo de proyectos, desarrollo sostenible, relaciones públicas y comunitarias, asuntos gubernamentales, comunicaciones, asuntos corporativos, asuntos ambientales, laborales, y cualquier otro ámbito de negocio en todas sus fases; c) la representación y agenciamiento de todo tipo de empresas, nacionales y extranjeras; y el servicio de intermediación, corretaje, brokering, vinculando o relacionando a dos o mas partes interesadas en realizar un negocio o transacción; d) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces; su explotación bajo la forma de compraventa, loteo, urbanizaciones, enajenaciones, de cualquier especie, o arriendos u otros; su administración y percepción de frutos; e) invertir y reinvertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios y créditos, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures, opciones y todo tipo de instrumentos representativos de inversión sean de renta fija o variable; f) la administración, comercialización y explotación de todos estos bienes y la percepción de sus ingresos; g) la realización de toda actividad comercial, incluso formando nuevas sociedades y o incorporándose a ellas, pudiendo comprar, vender, arrendar y comercializar todo tipo de bienes y servicios; y g) en general, ejecutar cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los fines sociales y toda otra actividad que acuerden los socios para el buen manejo de la sociedad. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital. El capital de la sociedad es de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y se pagan en este acto por los socios don Francisco Javier Cox Irarrázaval y don Mario Raúl González Ossa, en la forma que se indica en los artículos transitorios. Todas las acciones son de carácter ordinario. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta, a los accionistas Francisco Javier Cox Irarrázaval, y Mario Raúl González Ossa, quienes actuando conjuntamente tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y anteponiendo a sus respectivas firmas la razón social, podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Octubre de 2023. HQM. Not. Pub.