OUTSCAPE SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2023
- Repertorio
- 76549/2023
- Notario
- SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA
- Domicilio
- don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Abogado, Notario Público Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaria de Santiago, ubicada en calle Hermanos Amunategui número setenta y tres, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2023, Repertorio N° 76.549/2023, ante mí, Cristián Andrés Waidele Undurraga y Francisco Javier Tagle Cox, en su calidad de únicos accionistas, modificaron la sociedad OUTSCAPE SpA, inscrita a fojas 46578 número 22182 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, en la que se acordó modificar el artículo Sexto de los estatutos sociales, agregando un nuevo párrafo final, el que será del siguiente tenor, y manteniendose sin modificaciones el resto de dicho artículo: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad”. Asimismo, se incorporó un nuevo artículo en los estatutos sociales, el cual se ubicará a continuación del artículo tercero referido al objeto social, se denominará artículo tercero bis, y será del siguiente tenor: “Artículo Tercero Bis: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 30 de octubre de 2023.