MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MEDITERRÁNEA LIMITADA

RUT 76092796-1 CVE 2400375
Capital
$395.716.954 CLP
Fecha instrumento
13 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2023
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$395.716.954 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES MEDITERRÁNEA LIMITADA socio 76092796-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2023, ante mí, REP. N°30.825/2023: los socios de la sociedad INVERSIONES MEDITERRÁNEA LIMITADA, RUT N°76.092.796-1, inscrita a fojas 6.349 N°4.208 del Registro de Comercio de Santiago del año 2.010; Don MAURIZIO BONO FERRANDO, C.I. N°15.770.556-3, domiciliado en Andorra N°6.660, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de empresario unipersonal; Doña ORNELLA BONO FERRANDO, C.I. N°9.971.813-7, domiciliada en San Olav N°6.464, departamento 1.503, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de empresaria unipersonal; Don DANTE BONO TERRAROSSA, C.I. para extranjeros N°2.930.316-9, domiciliado en San Olav N°6.464, departamento 1.603, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Don ENZO BONO FERRANDO, C.I. N°9.974.632-7, domiciliado en Esteban Dell Orto N°6.875, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de empresario unipersonal; y Doña NICOLETTA BONO FERRANDO, C.I. N°9.974.644-0, domiciliada en Quinel Sur N°2.475, San Pedro de la Paz, Región del Bío Bío, en su calidad de empresaria unipersonal; Modifican la sociedad en la siguiente forma: A) Cesión de Derechos: Don DANTE BONO TERRAROSSA, con el consentimiento expreso de sus socios, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, equivalentes a un 1,89% del total de los derechos sociales en la sociedad INVERSIONES MEDITERRANEA LIMITADA, en partes iguales, a sus 4 socios en la sociedad, esto es: a) Don DANTE BONO TERRAROSA, vende, cede y transfiere a don MAURIZIO BONO FERRANDO, un 0,4725% del total de los derechos sociales en la sociedad en la suma de $11.250.000.-, la que se acuerda se pagará en un plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento; b) Don DANTE BONO TERRAROSA, vende, cede y transfiere a doña ORNELLA BONO FERRANDO, un 0,4725% del total de los derechos sociales en la sociedad en la suma de $11.250.000.-, la que se acuerda se pagará en un plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento; c) Don DANTE BONO TERRAROSA, vende, cede y transfiere a don ENZO BONO FERRANDO, un 0,4725% del total de los derechos sociales en la sociedad en la suma de $11.250.000.-, la que se acuerda se pagará en un plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento; y d) Don DANTE BONO TERRAROSA, vende, cede y transfiere a doña NICOLETTA BONO FERRANDO, un 0,4725% del total de los derechos sociales en la sociedad en la suma de $11.250.000.-, la que se acuerda se pagará en un plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento. Como consecuencia de las cesiones y transferencias de derechos sociales anteriormente señaladas quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad INVERSIONES MEDITERRANEA LIMITADA, don MAURIZIO BONO FERRANDO con un 25% de los derechos sociales; doña ORNELLA BONO FERRANDO con un 25% de los derechos sociales, don ENZO BONO FERRANDO con un 25% de los derechos sociales; Y doña NICOLETTA BONO FERRANDO con un 25% de los derechos sociales. B) Los actuales y únicos socios de la sociedad, en forma unánime, acuerdan modificar el pacto social en la siguiente forma: 1) Se acuerda modificar el artículo sexto del pacto social, que corresponde al capital social y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: El capital social es la suma de $395.716.954.-, que se encuentra totalmente suscrito y pagado por los socios en la siguiente proporción: A) Don MAURIZIO BONO FERRANDO, con un 25% de los derechos sociales; B) Doña ORNELLA BONO FERRANDO, con un 25% de los derechos sociales; C) Don ENZO BONO FERRANDO, con un 25% de los derechos sociales; y D) Doña NICOLETTA BONO FERRANDO, con un 25% de los derechos sociales.”. 2) Se acuerda modificar el artículo octavo, que corresponde a la administración de la sociedad, y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO OCTAVO: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma conjunta a dos cualesquiera de los señores: Don DANTE BONO TERRAROSA, C.I. para extranjeros N°2.930.316-9; Don MAURIZIO BONO FERRANDO, C.I. N°15.770.556-3; Doña ORNELLA BONO FERRANDO, C.I. N°9.971.813-7; Don ENZO BONO FERRANDO, C.I. N°9.974.632-7; Y/o doña NICOLETTA BONO FERRANDO, C.I. N°9.974.644-0; quienes actuando en la forma indicada, podrán representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.” Facultades constan en escritura extractada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de octubre de 2023.-