MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ingeniería Eléctrica y Construcción Robcar Limitada

RUT 76552851-8 CVE 2400168
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
13 de octubre de 2015
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2015
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40ª Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40ª Notaria Santiago, Teatinos 332, certifica, por escritura de hoy ante mì, don Roberto Carlos Jara Ruiz, cédula de identidad Nº15.625.570-K, por si y en representación de la sociedad Asesorías en Ingeniería Robcar SpA, Rut 77.833.699-5 y don Juan Carlos Jara Ruiz, cédula de identidad Nº19.548.045-1, modificaron la sociedad “Ingeniería Eléctrica y Construcción Robcar Limitada" constituida con fecha 13 de octubre del año 2015 como empresa individual de responsabilidad limitada denominada “Construcción Roberto Carlos Jara E.I.R.L.”, ante el registro electrónico de empresas y sociedades, Rut 76.552.851-8, posteriormente, con fecha 12 de diciembre del año 2016 se realizó transformación de empresa individual de responsabilidad limitada a sociedad de responsabilidad limitada denominada "Ingeniería Eléctrica y Construcción Robcar Limitada" ante el registro electrónico de empresas y Sociedades, la que se modifica mediante cesión de derechos del 100%, que socio, don Juan Carlos Jara Ruiz, dueño del 50% de derechos en la sociedad, hizo a la sociedad Asesorías en Ingeniería Robcar SpA, en la suma de $3.000.000.- de pesos. Que de acuerdo a lo anterior, la sociedad queda constituida de la siguiente manera: don Roberto Carlos Jara Ruiz, con un 50% del capital social y la sociedad Asesorías en Ingeniería Robcar SpA, con un 50% del capital social. Se retira de la sociedad don Juan Carlos Jara Ruiz. Se mantiene el capital social en la suma de $500.000.- pesos. Las demás facultades y atribuciones se mantienen de acuerdo al pacto social. En todo lo demás, permanecen inalterables las restantes cláusulas del pacto constitutivo. Santiago, 30 de Octubre de 2023.