DEL SUR CHOCOLATERÍA SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2023
- Repertorio
- 72796-2023
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHARMM
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHARMM, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N° 73, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por Escritura Pública de fecha 17 de octubre de 2023, ante mí, Repertorio N° 72.796-2023; comparece: don CLAUDIO ALEJANDRO BÓRQUEZ CONTRERAS, chileno, soltero, cédula de identidad número 17.622.149- 6, domiciliado en Avenida El Bosque Norte, número 0123, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación convencional de doña ANTONELLA PAZ SUNNAH CARRASCO, chilena, soltera, egresada en veterinaria, cédula de identidad número 20.299.405-9, domiciliada en Avenida El Bosque Norte, número ciento veintitrés, oficina cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Primero. Con fecha veintiocho de junio de dos mil veintitrés, otorgada en la Notaría de Santiago de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, repertorio número cuarenta y dos mil ciento cuarenta y siete de dos mil veintitrés, don HELMUT GERARDO SUNNAH ROSAS en su calidad de socio, vendió, cedió y trasfirió a doña ANTONELLA PAZ SUNNAH CARRASCO, la cantidad de tres mil acciones de la Sociedad DEL SUR CHOCOLATERÍA SpA. El precio de la cesión fue la suma de tres millones de pesos. A consecuencia de la compraventa, doña ANTONELLA PAZ SUNNAH CARRASCO es dueña de tres mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, equivalentes a la suma de tres millones de pesos, siendo la única socia con participación en la sociedad DEL SUR CHOCOLATERÍA SpA. De conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y los artículos cuatrocientos veintiséis y cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, el compareciente sanea el vicio formal en que se incurrió por la omisión de la inscripción en el Registro de Comercio y la publicación del extracto de la dentro del plazo legal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Capital estatutario de la sociedad es $3.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de Octubre de 2023.