Sociedad Transmisora Metropolitana II S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2023
- Notario
- FRANCISCO LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que con fecha 28 de septiembre de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas (la “Junta”) de Sociedad Transmisora Metropolitana II S.A. (la “Sociedad”), celebrada con esa misma fecha, en la cual se aprobó la fusión por incorporación de la Sociedad en Sociedad Transmisora Metropolitana SpA (“STM”) (la “Fusión”), siendo esta última la sociedad sobreviviente. Como consecuencia de la Fusión, STM, como sociedad absorbente, adquirirá todos los activos y pasivos de la Sociedad, la que se disolverá de pleno derecho sin necesidad de efectuar su liquidación, sucediéndola STM en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a STM la totalidad de los accionistas y patrimonio de la Sociedad. En el contexto de la Fusión, se aprobaron los antecedentes que sirven de fundamento a la misma, incluyendo los balances y estados financieros auditados de las sociedades que se fusionan, así como el informe de peritos, todos los cuales fueron protocolizados bajo el mismo número de repertorio de la escritura extractada. La Fusión surtirá sus efectos en la fecha y sujeto al cumplimiento de las condiciones suspensivas estipuladas en la Junta (las “Condiciones Suspensivas”). Una vez cumplidas las Condiciones Suspensivas, los mandatarios designados por el Directorio de la Sociedad y el Administrador de STM, otorgarán una misma y única escritura pública declarativa, dando cuenta del cumplimiento de las Condiciones Suspensivas (la “Escritura de Cumplimiento de Condiciones de Fusión”). De otorgarse la Escritura de Cumplimiento de Condiciones de Fusión con anterioridad al 31 de diciembre de 2023, entonces la Fusión surtirá sus efectos el 31 de diciembre de 2023. Sin embargo, si al 31 de diciembre de 2023 no se hubiere otorgado aun la Escritura de Cumplimiento de Condiciones de Fusión, entonces la Fusión surtirá sus efectos a partir del primer día del mes calendario siguiente a aquel mes en que se otorgue la Escritura de Cumplimiento de Condiciones de Fusión. La relación de canje aprobada para la Fusión es de 2,31 acciones Serie A de STM por cada acción Serie A de la Sociedad, y de 2,31 acciones Serie B de STM por cada acción Serie B de la Sociedad, sin considerar fracciones de acciones. Asimismo, se aprobaron los estatutos refundidos de la sociedad sobreviviente, que pasarán a ser los estatutos de la sociedad fusionada, los cuales reflejan, entre otras materias, la transformación de STM en una sociedad anónima, la adecuación de los estatutos a los de una sociedad anónima abierta, el aumento de capital necesario para materializar la Fusión, así como demás modificaciones aprobadas en los términos establecidos en la escritura extractada. Demás estipulaciones y acuerdos constan de escritura extractada. Los antecedentes que sirvieron de base para la aprobación de la Fusión fueron protocolizados bajo el mismo número de repertorio de la escritura extractada. 10 de octubre de 2023. Francisco Leiva Carvajal. Notario Público Titular.