MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MÉDICOS SAPUNAR Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76059755-4 CVE 2398617
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
23 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de octubre de 2023
Repertorio
75435/2023
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público, titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en Calle Amunategui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 23 de octubre del año 2023 número de repertorio 75.435/2023, comparecieron: Nombre y apellido de los Socios: doña BLANCA CECILIA GONZÁLEZ BARRIA, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad número 6.321.501-5, con domicilio en Jorge Washington número doscientos cuarenta y nueve, departamento número mil seis, comuna de Ñuñoa; don SEBASTIAN REMIGIO SANDOVAL SAPUNAR, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 21.317.692-7, con domicilio en Jorge Washington número doscientos cuarenta y nueve, departamento número mil seis, comuna de Ñuñoa; doña YASNA IVANA SAPUNAR GONZÁLEZ, chilena, soltera, médico cirujano, cédula de identidad número 10.991.754-0, con domicilio en Jorge Washington número doscientos cuarenta y nueve, departamento número mil seis, comuna de Ñuñoa; doña AMANDA LOPEZ LEON, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad número 20.882.439- 9, con domicilio en Camino Los Fresnos número 1.350, casa 21, comuna de Huechuraba. Modificación: En su calidad de únicos y actuales socios de “SERVICIOS MÉDICOS SAPUNAR Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 76.059.755-4, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas veintidós mil setecientos treinta y seis Nº quince mil cuatrocientos sesenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, modificaron la Sociedad en lo relativo a: CESIÓN DE DERECHOS. que consistió en: /PRIMERO/ A) doña YASNA IVANA SAPUNAR GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere a doña AMANDA LOPEZ LEON, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales que posee de la Sociedad. El precio de esta cesión es la suma de 30.000 pesos, que la cesionaria paga al contado, en este acto, en dinero en efectivo, declarando el cedente recibir dicha cantidad a su entera conformidad. /Dos/ Los derechos sociales antes descritos se ceden y transfieren libres de todo gravamen, embargo y prohibición. /Tres/ Los comparecientes dejan constancia que en las cesiones antes referidas quedan comprendidos tanto el capital, revalorizaciones, como utilidades de cualquier tipo, sin reserva o excepción de ninguna especie. /SEGUNDO/ A) doña YASNA IVANA SAPUNAR GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere a don SEBASTIAN REMIGIO SANDOVAL SAPUNAR, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cinco por ciento de los derechos sociales que posee de la Sociedad. El precio de esta cesión es la suma de 30.000 pesos, que la cesionaria paga al contado, en este acto, en dinero en efectivo, declarando el cedente recibir dicha cantidad a su entera conformidad. /Dos/ Los derechos sociales antes descritos se ceden y transfieren libres de todo gravamen, embargo y prohibición. /Tres/ Los comparecientes dejan constancia que en las cesiones antes referidas quedan comprendidos tanto el capital, revalorizaciones, como utilidades de cualquier tipo, sin reserva o excepción de ninguna especie. En virtud de lo anterior, se sustituyó la cláusula CUARTA de los estatutos, siendo las siguientes materias de extracto: “CUARTA: CAPITAL. El capital social es la suma de 1.500.000 PESOS, que cada uno de los socios aporta y entera: a) doña BLANCA CECILIA GONZÁLEZ BARRIA, aporta la suma de 300.000 PESOS, correspondientes al 20 por ciento de los derechos sociales; b) don SEBASTIAN REMIGIO SANDOVAL SAPUNAR, aporta la suma de 330.000 PESOS, correspondiente al 25 por ciento de los derechos sociales; c) doña YASNA IVANA SAPUNAR GONZÁLEZ, aporta la suma de 540.000 PESOS, correspondientes al 30 por ciento de los derechos sociales; d) doña AMANDA LOPEZ LEON, aporta la suma de 330.000 PESOS, correspondientes al 25 por ciento de los derechos sociales; En consecuencia, el capital social queda íntegramente aportado y pagado en la caja social, en los términos recién expuestos, limitando los socios su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes". Los socios acordaron que en todo lo no modificado en la escritura extractada permanece plenamente vigente el pacto social de SERVICIOS MÉDICOS SAPUNAR Y COMPAÑÍA LIMITADA, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador de copia autorizara para realizar inscripciones. Santiago, 24 de octubre del año 2023.