Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2023
- Notario
- EUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS
- Domicilio
- Titular doña LEBBY CAROLIN BARRIA GUTIERREZ
- Comuna
- Pública Titular de la Quinta
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Pargua
- Duración
- 3 años, prorrogable por períodos iguales y sucesivos, salvo que los socios manifestaren voluntad de ponerle termino al final del período
Objeto social
a) prestación de servicios a la industria; b) obras de construcción y otras instalaciones; c) arriendo de robots submarinos y otros equipos análogos o complementarios; d) importación, exportación y comercialización de bienes y servicios; e) desarrollo de tecnología, servicios de robótica, g) servicios relacionados con la acuicultura, h) contratista y subcontratista
Administración
PATRICIO GUILLERMO URRIAGA BAEZA,
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS, Abogada, Notario Público Suplente de la Titular doña LEBBY CAROLIN BARRIA GUTIERREZ, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de octubre de 2023, ante mí, ante mí, don PATRICIO GUILLERMO URRIAGA BAEZA y doña SILVIA MARGOTH GONZÁLEZ AYANCAN ambos domiciliados en Ramón Freire sin número, ciudad de Pargua, comuna de Calbuco, constituyeron sociedad por acciones. Razón social: " U&G CONSTRUCCIONES SpA”. Objeto: a) prestación de servicios a la industria; b) obras de construcción y otras instalaciones; c) arriendo de robots submarinos y otros equipos análogos o complementarios; d) importación, exportación y comercialización de bienes y servicios; e) desarrollo de tecnología, servicios de robótica, g) servicios relacionados con la acuicultura, h) contratista y subcontratista. Administración: PATRICIO GUILLERMO URRIAGA BAEZA, Capital: $4.000.000, dividido 100 acciones nominativas, sin valor nominal, que los socios aportan y pagan conforme al artículo 2º Transitorio.- Domicilio: Pargua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero.- Duración: 3 años, prorrogable por períodos iguales y sucesivos, salvo que los socios manifestaren voluntad de ponerle termino al final del período.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 20 de octubre del 2023.