MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GEVIAL SUMINISTROS SpA

RUT 76580901-0 CVE 2398264
Fecha instrumento
10 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de octubre de 2023
Repertorio
14684/2023
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

- ARTÍCULO UNDÉCIMO. La Administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma separada e indistintamente, solo con la limitación dispuesta al final de las facultades y los poderes otorgados, en que siempre deberán actuar en forma conjunta, a doña SOFIA VALENTINA ÑUÑEZ ABARCA y a don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, quienes administraran anteponiendo su firma a la razón social, obligaran y representaran a la sociedad con las más amplias facultades y todas aquellas propias de los administradores, facultades que se encuentran señaladas en la escritura extractada. Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES MEDINA OSSA LIMITADA accionista 76054172-9
CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA socio 15506121-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública, de fecha 10 de octubre de 2023, de Repertorio N°14684/2023, ante mí, se redujo JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad “GEVIAL SUMINISTROS SpA”, celebrada con fecha 10 de octubre del 2023, con la comparecencia de todos los accionistas, la sociedad INVERSIONES MEDINA OSSA LIMITADA, RUT Nº 76.054.172-9 y don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, RUN Nº 15.506.121-9, se acordó modificar el artículo undécimo del estatuto social primitivo, el cual quedara de la siguiente forma: “Título Tercero De la administración.- ARTÍCULO UNDÉCIMO. La Administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma separada e indistintamente, solo con la limitación dispuesta al final de las facultades y los poderes otorgados, en que siempre deberán actuar en forma conjunta, a doña SOFIA VALENTINA ÑUÑEZ ABARCA y a don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, quienes administraran anteponiendo su firma a la razón social, obligaran y representaran a la sociedad con las más amplias facultades y todas aquellas propias de los administradores, facultades que se encuentran señaladas en la escritura extractada. Se deja constancia que permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales en todo lo no modificado por este instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de Octubre de 2023. Doy fe.