AGENCIA DE ADUANAS EDMUNDO EUGENIO MUÑOZ FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2023
- Repertorio
- 2119-2023
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $182.000.000 CLP
- Domicilio
- Talcahuano
- Duración
- 5 años, contados desde la fecha de escritura de constitución social
Objeto social
A) Prestar, a terceros, todos los servicios y actividades que son inherentes a la importación y exportación de toda clase de mercancías, en la forma y condiciones que indican los artículos permanentes ciento noventa y ocho y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, en que deba intervenir, por sí solo y personalmente el Agente de Aduana. B) Quedan incorporadas dentro del objeto social todas las operaciones que son propias de las destinaciones aduanera; gestiones o actos vinculados con los servicios aduaneros de importación y exportación de mercancías; prestar asesoría, proporcionar informaciones técnicas en asuntos de comercio exterior, aduaneros, portuarios, y de cobros de tarifas propias del tráfico de mercaderías; hacer gestiones de cualquiera clase sobre estas materias, para sus clientes, ante las autoridades nacionales o extranjeras. Y, C) En general, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relacionen directamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría de Concepción, Colo-Colo Nº 304, Concepción, certifico: por escritura pública de fecha 18-octubre-2023, Repertorio Nº 2119-2023, ante mí, don EDMUNDO EUGENIO MUÑOZ FLORES, con domicilio en Talcahuano, sector Higueras, calle Coihue Nº 109; y don JAVIER ANDRÉS MUÑOZ CRUZ, con domicilio en Talcahuano, sector Higueras, calle Coihue Nº 109, debidamente autorizados por la Dirección Nacional de Aduanas, conforme Resolución Exenta Nº 3613 de fecha 13 de octubre de 2023, protocolizada en esta Notaría bajo el Nº 2119-2023, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: AGENCIA DE ADUANAS EDMUNDO EUGENIO MUÑOZ FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA. Objeto: A) Prestar, a terceros, todos los servicios y actividades que son inherentes a la importación y exportación de toda clase de mercancías, en la forma y condiciones que indican los artículos permanentes ciento noventa y ocho y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, en que deba intervenir, por sí solo y personalmente el Agente de Aduana. B) Quedan incorporadas dentro del objeto social todas las operaciones que son propias de las destinaciones aduanera; gestiones o actos vinculados con los servicios aduaneros de importación y exportación de mercancías; prestar asesoría, proporcionar informaciones técnicas en asuntos de comercio exterior, aduaneros, portuarios, y de cobros de tarifas propias del tráfico de mercaderías; hacer gestiones de cualquiera clase sobre estas materias, para sus clientes, ante las autoridades nacionales o extranjeras. Y, C) En general, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relacionen directamente con el objeto social.- Capital: $182.000.000, aportados: A) Edmundo Eugenio Muñoz Flores, la suma de $172.900.000, aportados al contado y en dinero efectivo e ingresados a la caja social; y, B) Javier Andrés Muñoz Cruz, la suma de $9.100.000, aportados: 1) $4.000.000, al contado y en dinero efectivo e ingresados a la caja social; y 2) $5.100.000, que ingresará a caja social en el plazo de 1 año, a contar de la fecha de constitución social y conforme las necesidades sociales aconsejen. Responsabilidad de socios se limitó al monto de sus aportes. Administración, representación y uso de razón social: Edmundo Eugenio Muñoz Flores y Javier Andrés Muñoz Cruz, en forma separada e indistintamente. Domicilio: Talcahuano, sin perjuicio otras sucursales. Duración: 5 años, contados desde la fecha de escritura de constitución social, sin perjuicio que el Director Nacional de Aduanas autorice, cada vez, la prórroga correspondiente, por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. En escritura social se insertó texto íntegro de la Resolución Exenta Nº 3613 de fecha 13 de octubre de 2023, de la Dirección Nacional de Aduanas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Concepción, 23 de octubre de 2023.