CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Administradora Santa Emma SpA

CVE 2398035
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de octubre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de octubre de 2023
Notario
Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a don José Manuel Cordero Middleton, a don José Manuel Cordero Pozo, a don Luis Felipe Cordero Middleton, a don Felipe Cordero Jorquera, a doña Valentina Andrea Cordero Jorquera y a doña Constanza Gabriela Cordero Pozo, quienes anteponiendo su firma a la razón social y según la forma señalada en la escritura extractada tendrán las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 12 de octubre del año 2023, ante el Notario Titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado: (i) don Luis Felipe Cordero Middleton, domiciliado ara estos efectos en Valle del Monasterio número 2.298, departamento 504, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y, (ii) don José Manuel Cordero Middleton; domiciliado para estos efectos en Avenida Padre Hurtado Norte, número 2.541, departamento número 34, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes vienen en constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Social: “Administradora Santa Emma SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /A/ La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, ya sea, directamente a través de esta sociedad, sus dependientes o relacionados, o indirectamente a través de otras sociedades; /B/ Prestar toda clase de servicios técnicos, administrativos o actividades propias de sus empresas relacionadas, como servicios de BackOffice, asesorías profesionales o técnicas, procurando una adecuada administración y funcionamiento en dichas empresas y sociedades; y, C) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen. - Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas desde fecha de la escritura extractada. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Administración: El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá a don José Manuel Cordero Middleton, a don José Manuel Cordero Pozo, a don Luis Felipe Cordero Middleton, a don Felipe Cordero Jorquera, a doña Valentina Andrea Cordero Jorquera y a doña Constanza Gabriela Cordero Pozo, quienes anteponiendo su firma a la razón social y según la forma señalada en la escritura extractada tendrán las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de octubre de 2023.