MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA ESPERANZA LIMITADA

RUT 77160585-0 CVE 2396517
Fecha instrumento
2 de octubre de 2023
Notaría
Curicó de Eduardo del Campo Vial

Instrumento

Fecha
2 de octubre de 2023
Repertorio
1873/2023
Comuna
Curicó de Eduardo del Campo Vial

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL, Abogado Notario Público de Curicó, Oficio calle Estado 282, certifica: por escritura pública, de 02 de Octubre de 2023, otorgada ante mí: doña LORENA ALEJANDRA DIAZ QUEZADA, domiciliada en Piedra Blanca 136, de la Comuna de Teno, provincia de Curicó, don ROBERTO CARLOS GUERRERO LOPEZ, domiciliado en Piedra Blanca sin número comuna de Teno, provincia de Curicó y don SAMUEL ALBERTO VENEGAS PINTO, domiciliado en Pasaje 1 número ciento cuarenta y ocho Villa La Marqueza dos comuna y Provincia de Curicó, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD AGRICOLA ESPERANZA LIMITADA, constituida por escritura 15 de Marzo de 2019, en la Notaría de Curicó de Eduardo del Campo Vial, extracto inscrito fojas 408 vuelta número 248 Registro Comercio Curicó, año 2019.- RUT: 77.160.585-0.- Modificación: SAMUEL ALBERTO VENEGAS PINTO, dueño del 33,34% por ciento de los derechos sociales, utilidades y/o perdidas, don MARCELO ERNESTO RETAMAL FARIAS, con un 33,33% de los derechos sociales, utilidades y/o perdidas y, don ROBERTO CARLOS GUERRERO LOPEZ con un 33,33% de los derechos sociales utilidades y/o perdidas quedando así enterando el 100% de los derechos sociales, FALLECIMIENTO, con fecha 16 de julio de 2022 ha fallecido el socio MARCELO ERNESTO RETAMAL FARIAS, para los efectos sociales, los derechos sociales del socio fallecido recaen íntegramente en doña LORENA ALEJANDRA DIAZA QUEZADA, quien los adquirió en calidad de heredera, cónyuge sobreviviente y cesionaria de los derechos del heredero Francisco Javier Retamal Loaiza, como madre curadora, y representante de los hijos del socio, Marcela Paz Retamal Diaz y Jose Daniel Retamal Diaz.- REPRESENTANTE LEGAL: asumen como representante doña LORENA ALEJANDRA DIAZA QUEZADA y don ROBERTO CARLOS GUERRERO LOPEZ, en forma conjunta o separada, indistintamente, limitaciones en la constitución.- Demás estipulaciones en escritura extractada, Repertorio Nº 1873/2023.- Curicó, 14 de octubre de 2023.-