NE NUEVA ERA PROPIEDADES SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2023
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 28 de Septiembre de 2023, otorgada ante mí, don NICOLÁS ANTONIO AMIGO CATALAN, cédula nacional de identidad N° 15.479.171-5, y doña GABRIELA DIANUSKA BETHANIA OJEDA CARVALLO, cédula de identidad para extranjeros N° 26.100.579-4, ambos domiciliados en calle Estado N° 115, oficina 608, comuna de Santiago. Únicos accionistas de NE NUEVA ERA PROPIEDADES SpA, sociedad inscrita a fs. 57846 N° 25586 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022, la modificó la cláusula segunda de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: “El objeto o giro de la sociedad será: a) Intermediación Inmobiliaria corretaje de propiedades en todas sus formas y especialidades. b) Prestaciones de contratos de arrendamiento en todas sus formas y especialidades. c) Prestaciones de servicios en todas sus formas y especialidades. d) Otorgar controles a las propiedades generales o especiales, proporcionar atención. e) Realización y elaboración de informes, proyectos y estudios sobre las propiedades. f) Servicios de arrendamiento y subarrendamiento de propiedades. g) La realización por cuenta propia o ajena de la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos: así como también la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; h) La prestación de servicios especializados en la reparación y mantenimiento de inmuebles. Estos servicios incluyen, pero no se limitan a, la pintura interior y exterior de edificaciones, la reparación y sustitución de sistemas de cañerías, fontanería, instalación y reparación de sistemas eléctricos, así como la instalación y reemplazo de pisos, techos, revestimientos y cualquier otro trabajo relacionado con la conservación y mejora de propiedades inmobiliarias. La sociedad también podrá ofrecer servicios de remodelación y adecuación de espacios interiores y exteriores de inmuebles. Además, la sociedad podrá llevar a cabo la adquisición de materiales y equipos necesarios para la ejecución de dichos trabajos, así como la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría en el ámbito de la reparación y mantenimiento de inmuebles. i) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas”. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de los Estatutos Sociales. Santiago, 02 de Octubre de 2023.