MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

JOSÉ FERRADA ACONDICIONAMIENTO DE DEPENDENCIAS Y OBRAS MENORES E.I.R.L.

RUT 76761342-3 CVE 2397146
Fecha instrumento
23 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de octubre de 2023
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha cinco de octubre del año dos mil veintitrés, ante mí JOSÉ LUIS FERRADA GUTIÉRREZ, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento cuarenta y seis mil ochocientos ochenta y dos guión cuatro, con domicilio en Moneda número mil veinticinco, comuna de Santiago, Región Metropolitana, conforme Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve corrigió y saneo, con fecha cinco de octubre del año dos mil veintitrés, escritura de constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada JOSÉ FERRADA ACONDICIONAMIENTO DE DEPENDENCIAS Y OBRAS MENORES E.I.R.L. de fecha seis de diciembre de dos mil trece, otorgada ante don Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, inscrita en extracto a fojas noventa y cuatro mil ochocientos sesenta y cuatro número sesenta y un mil ochocientos diecisiete en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil trece, publicado en el veintisiete. Vicio consistió en haberse constituido la empresa individual de responsabilidad limitada con un objeto múltiple, según consta en la cláusula CUARTA, la cual dice: “CUARTO: El objeto de la empresa será: a) el estudio, planificación y realización de todo tipo de proyectos de acondicionamiento de dependencias, incluyéndose de manera no taxativa: la instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de electricidad, en su más amplia gama; la colocación y manutención de cañerías y tuberías; el emplazamiento y conservación de sistemas de aislamiento; el montaje, mantenimiento y soporte técnico de sistemas y equipos de climatización; y en general, toda clase de acciones de instalación y mantenimiento que sean necesarias para la habilitación de dependencias; b) la asesoría, estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos menores en construcción, incluyéndose de manera no taxativa: la prestación de servicios de pintura, en su más amplio espectro, ya sea de muros, murallas, cielos, techos, fachadas, pisos, y en general, de todo tipo de superficies interiores o exteriores; la prestación de servicios de albañilería, gasfitería y carpintería, así como cualquier otra clase de actividades que contribuyan a la terminación o acabado de una obra y sus reparaciones; c) la adquisición, arriendo y mantención de vehículos de carga y transporte; la compra, venta, importación, exportación, arrendamiento, distribución, comercialización e intermediación de toda clase de bienes, útiles, implementos y maquinarias que sean requeridas para el correcto desarrollo de las acciones mencionadas; d) y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriormente reseñadas, además de cualquiera que el empresario determine y que fuere necesaria para desarrollar el objeto de la empresa. Las actividades indicadas las podrá desarrollar directamente o indirectamente, de manera física o a través de los métodos que provean las tecnologías de la información y comunicación, ya sea en forma individual o conjunta con otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la empresa podrá constituir nuevas sociedades y/o incorporarse a otras ya existentes.”, y se sanea modificando la cláusula CUARTA para ahora pasar a tener la empresa individual de responsabilidad limitada un objeto único y especifico, reemplazando la citada cláusula por la siguiente: “CUARTO: El objeto de la empresa será: SERVICIOS DE INSTALACIONES, REPARACIONES, ASESORÍAS Y SIMILARES EN GASFITERÍA Y CLIMATIZACIÓN”. En todo lo no modificado rige plenamente escritura saneada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2023.-