IMPORT Y EXPORT LOS VAGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2023
- Notario
- DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO
- Domicilio
- Baquedano N° 702
- Comuna
- Iquique María Niño de Zepeda Parra
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, Abogado, Notario Público, Baquedano N° 702, Comuna Iquique; rectifica extracto de Modificación de fecha 30 de Marzo del año 2022, Notaria de Iquique María Niño de Zepeda Parra, “IMPORT Y EXPORT LOS VAGOS LIMITADA”, Rut. N° 76.137.112-6, capital social US$50.000.-, equivalentes a $23.538.000.-, inscrito a fojas 371 N° 196, Registro de Comercio del año 2022, publicado en Diario Oficial con fecha 18 de Abril del año 2022.- Rectificación Consiete.- DONDE DICE: “TERCERO: Doña SARA YSABEL SAMAYANI, dueña del setenta por ciento del capital social, vende, cede y transfiere a don RUBEN ALARCON PASTOR, el sesenta y nueve por ciento de sus derechos, quien los compra, adquiere y acepta para si, en la suma de treinta y cuatro mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera satisfacción, y el restante uno por ciento se los vende, cede y transfiere a don JAIME MARIO FUENTES POBLETE, quien los compra, adquiere y acepta para si, en la suma de quinientos dólares de los Estados Unidos de América que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera satisfacción”. DEBE DECIR: “TERCERO: Doña SARA YSABEL SAMAYANI, dueña del setenta por ciento del capital social, equivalentes al cien por ciento de sus derechos sociales, vende, cede y transfiere a don RUBEN ALARCON PASTOR, el sesenta y nueve por ciento de sus derechos, equivalentes al noventa y nueve por ciento de derechos sociales, quien los compra, adquiere y acepta para si, en la suma de treinta y cuatro mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América, que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera satisfacción, y el restante uno por ciento de sus derechos sociales se los vende, cede y transfiere a don JAIME MARIO FUENTES POBLETE, quien los compra, adquiere y acepta para si, en la suma de quinientos dólares de los Estados Unidos de América que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera satisfacción”.- En todo lo no modificado queda plenamente vigente escritura pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- IQUIQUE, 13 de Octubre de 2023.