SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO NOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2023
- Repertorio
- 2458
- Notario
- RODRIGO CABRERA ALBARRAN
- Oficio
- Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Liliana Albertini Baldesari | socio | 10558199-8 | — | — | |
| Iván José Varela Perry | socio | 8850747-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO CABRERA ALBARRAN, Notario Público Titular de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle, don domicilio en calle Miguel Aguirre N° 328, certifico que por escritura pública de fecha 11 de Octubre de 2023, Repertorio N°2.458, ante mí, comparece Liliana Albertini Baldesari, CI 10.558.199-8, Claudia Marieta Callegari Panizza CI 8.735.017-7; Iván José Varela Perry, CI 8.850.747-9 y José Leonardo Corral Macias CI 8.678.799-7 quienes por escritura pública celebran Cesión de derechos y modificación de la sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO NOS LIMITADA”, RUT. 76.668.500-5. La cesión de derechos se da de la siguiente manera: (i) doña Claudia Marieta Callegari Panizza, viene en ceder y transferir a Iván José Varela Perry, quien acepta y adquiere la totalidad de los derechos sociales que a la primera le corresponden en “SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO NOS LIMITADA”, equivalente a un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales; (ii) doña Liliana Albertini Baldessari, viene en ceder y transferir a José Leonardo Corral Macías, quien acepta y adquiere la totalidad de los derechos sociales que a la primera le corresponden en “SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO NOS LIMITADA”, equivalente a un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales. Conforme a las cesiones precedentes, quedan como únicos socios de “SOCIEDAD AGRÍCOLA RÍO NOS LIMITADA” las siguientes personas: “Iván José Varela Perry”, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales y “José Leonardo Corral Macías” con el cincuenta por ciento de los derechos sociales. Asimismo en el mismo acto los socios acuerdan modificar el estatuto social en los siguientes términos: Se suprime y elimina la cláusula Décimo Sexta, en que se acredita separación de bienes. CAPITAL: $2.000.000.-Demás estipulaciones en escritura extractada. En Ovalle, 11 de Octubre de 2023.