CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GRUPO SANTIS SpA

RUT 17501257-5 CVE 2395924
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de octubre de 2023
Notaría
San Fernando
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2023
Notario
JOSE LUIS RIVADENEIRA TRONCOSO
Oficio
Titular de la Segunda Notaría de San Fernando
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
San Fernando, Región Libertador Bernardo O’Higgins
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley Nº 20.192

Objeto social

El objeto de la sociedad será la fabricación, envasado, compraventa, importación, exportación, y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas, fiambrería y toda clase de masas, helados, jugos de frutas y otros, bebidas analcohólicas y alcohólicas, te, café, chocolates, alimentos fríos o calientes y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro para las personas y)o animales, comercialización, distribución , compra y venta, importación, exportación al por mayor o menor de alimentos y productos de consumo masivo en toda su extensión, ya sean estos nacionales o importados por kilo, enlatados, envasados, embolsados, en su empaque original o detallados en comercialización, importación y exportación, compra y venta de artículos de limpieza y útiles de aseo personal y toda clase de actividades que son o sean propias de un establecimiento de supermercado o hipermercado, y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u ,otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales

Administración

La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don SANTIAGO ENRIQUE LÓPEZ RODRÍGUEZ, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LUIS RIVADENEIRA TRONCOSO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de San Fernando, don CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA, según decreto económico número cincuenta y dos guión dos mil veintitrés, protocolizado bajo el repertorio número dos mil treinta y nueve guión dos mil veintitrés y con oficio en calle Chillán quinientos noventa y cinco guión A, Comuna de San Fernando, certifica: por escritura de fecha de hoy, ante mí, don SANTIAGO ENRIQUE LÓPEZ RODRÍGUEZ, chileno, soltero, ingeniero en administración de empresas, rut 17.501.257-5, con domicilio en Carelmapu N° 345, San Fernando, Región Libertador Bernardo O’Higgins; constituye sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº 20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE : El nombre de la sociedad será “GRUPO SANTIS SpA”.-DOMICILIO: San Fernando, Región Libertador Bernardo O’Higgins; sin perjuicio de poder establecer agencias y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION :Indefinida.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la fabricación, envasado, compraventa, importación, exportación, y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas, fiambrería y toda clase de masas, helados, jugos de frutas y otros, bebidas analcohólicas y alcohólicas, te, café, chocolates, alimentos fríos o calientes y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro para las personas y/o animales, comercialización, distribución , compra y venta, importación, exportación al por mayor o menor de alimentos y productos de consumo masivo en toda su extensión, ya sean estos nacionales o importados por kilo, enlatados, envasados, embolsados, en su empaque original o detallados en comercialización, importación y exportación, compra y venta de artículos de limpieza y útiles de aseo personal y toda clase de actividades que son o sean propias de un establecimiento de supermercado o hipermercado, y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u ,otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales.- CAPITAL: $3.000.000.-, que son aportados de la siguiente forma por los socios: A) Don SANTIAGO ENRIQUE LÓPEZ RODRÍGUEZ, aporta la suma de $3.000.000.- divididos en trescientas acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este mismo acto, los que equivalen al 100% de los derechos sociales.- ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don SANTIAGO ENRIQUE LÓPEZ RODRÍGUEZ, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de Octubre de 2023.