Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2023
- Notario
- MARIA JULIA VILLALOBOS GUZMAN
- Oficio
- Notaría de Parral
- Comuna
- Parral
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Ignacio Carrera Pinto N°818, de la comuna de Parral, provincia de Linares, región del Maule
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N°20.190
Objeto social
El transporte de carga, mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento, en comodato, en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compra y venta de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso.- A tales fines la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este acto.- Además podrá la Sociedad dedicarse a cualquier otro negocio o actividad relacionada directa o indirectamente con el giro social señalado precedentemente
Administración
La sociedad será administrada por don JULIO CÉSAR BUSTAMANTE GUTIÉRREZ, el cuál tendrá el cargo de Gerente General, quien podrá representar a la sociedad para todos los efectos legales, cuyas facultades y limitaciones se encuentran en los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA JULIA VILLALOBOS GUZMAN, Abogada, Notario Público Interino Notaría de Parral, Avenida Aníbal Pinto N° 715, Oficina 103, Certifico: Por escritura pública, de fecha 28 de Septiembre de 2023, Rep. N° 2159/2023, ante mí, señor JULIO CÉSAR BUSTAMANTE GUTIÉRREZ, domiciliado en Villa Plaza de Armas, pasaje N°631, de la comuna de Parral; constituyó una Sociedad por Acciones, que se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley N°20.190, y supletoriamente y solo en aquello que no se contraponga con su naturaleza y a sus estatutos, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, contenidas en la Ley N°18.046; por las disposiciones y clausulas contenidas en escritura y por las normas pertinentes del Código Civil y Código de Comercio.- RAZÓN SOCIAL: “TRANSPORTES M Y M SpA”.- OBJETO: El transporte de carga, mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento, en comodato, en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compra y venta de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso.- A tales fines la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este acto.- Además podrá la Sociedad dedicarse a cualquier otro negocio o actividad relacionada directa o indirectamente con el giro social señalado precedentemente.- CAPITAL: $5.000.000.-, dividido en 50 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y con un valor nominal de $100.000.-, por cada acción, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se suscribió y pagó en el acto de escritura en la forma que se señala a continuación: JULIO CÉSAR BUSTAMANTE GUTIÉRREZ, suscribió en acto de escritura 50 acciones, y pagó en ese acto $5.000.000.-, al contado y en dinero efectivo, que ingresó a caja social.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada por don JULIO CÉSAR BUSTAMANTE GUTIÉRREZ, el cuál tendrá el cargo de Gerente General, quien podrá representar a la sociedad para todos los efectos legales, cuyas facultades y limitaciones se encuentran en los estatutos.- DURACIÓN: Indefinida.- DOMICILIO: Ignacio Carrera Pinto N°818, de la comuna de Parral, provincia de Linares, región del Maule, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos o ciudades del país o en el extranjero.- Demas estipulaciones constan en escritura extractada.- PARRAL, 19 DE OCTUBRE DE 2023.-