SOCIEDAD HOTELERA MEHUIN DEL SUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2023
- Repertorio
- 8189
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $66.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFelipe Andrés Bascuñán Lira, Suplente del Titular Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, don Humberto Quezada Moreno, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.196, comuna de Las Condes, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de octubre del año 2023, Repertorio N° 8.189]/2023, ante el titular, doña PIERA BENCINI MIRANDA, don ANGELO ERCOLE BENCINI MIRANDA, don PIETRO GIORGIO BENCINI MIRANDA y doña ANTONELLA BENCINI MIRANDA, por sí y en representación de don GIORGIO VITTORIO BENCINI ZEGERS, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Augusto Leguía Norte N° 100, oficina 410, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD HOTELERA MEHUIN DEL SUR LIMITADA”, inscrita a fojas 67.046, número 46.776 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010 (la “Sociedad”) en los siguientes términos: 1.- Cesión de derechos sociales: a) Don Pietro Giorgio Bencini Miranda vendió, cedió y transfirió un 7,5 % de los derechos en la sociedad a doña Piera Bencini Miranda; b) Don Pietro Giorgio Bencini Miranda vendió, cedió y transfirió un 7,5% de los derechos en la sociedad a doña Antonella Bencini Miranda; y c) Don Pietro Giorgio Bencini Miranda vendió, cedió y transfirió un 7,5% de los derechos en la sociedad a don Angelo Ercole Bencini Miranda. 2.- Modificación de pacto social: Se sustituyeron íntegramente los artículos cuarto, sexto y décimo primero de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: i) “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $66.000.000, que los socios han pagado al contado y totalmente enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha en las proporciones y de la forma siguiente: a) Giorgio Vittorio Bencini Zegers, la cantidad de $6.600.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; b) Piera Bencini Miranda, la cantidad de $19.800.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales; c) Antonella Bencini Miranda, la cantidad de $19.800.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales; y d) Angelo Ercole Bencini Miranda, la cantidad de $19.800.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales.”; ii) “ARTÍCULO SEXTO: La administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá al socio don Angelo Ercole Bencini Miranda, quien la ejercerá actuando individualmente. En caso de ausencia, muerte o incapacidad de don Angelo Ercole Bencini Miranda, la administración y uso de la razón social corresponderá a doña Piera Bencini Miranda y a doña Antonella Bencini Miranda, quienes la ejercerán actuando conjuntamente. En todos los casos, con las facultades señaladas en los estatutos.”; y iii) “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La sociedad no se disolverá como consecuencia del fallecimiento de alguno de los socios, continuando con los restantes socios de la sociedad y los sucesores, herederos o continuadores legales. Los sucesores del fallecido a cualquier título, deberán designar un apoderado común que los represente en la sociedad.”. En todo lo no modificado expresamente, se mantiene plenamente vigente el pacto social, en especial en lo referente a la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 17 de octubre de 2023. Felipe Bascuñán Lira. Notario Suplente.