CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

QUORA SpA

RUT 21225090-2 CVE 2394448
Fecha instrumento
22 de septiembre de 2023

Instrumento

Fecha
22 de septiembre de 2023
Repertorio
1888-2023

Sociedad

Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: el estudio, construcción y explotación de todo tipo de sistemas de telecomunicaciones en el país y en el extranjero, en los términos permitidos por las leyes y de conformidad con los planes que se formulen en concordancia con la política que exista sobre la materia. Estando dentro de sus finalidades proveer de telecomunicaciones al mayor número de usuarios, directamente o por intermedio de otras personas o entidades suministradoras. Pudiendo entre otros a) Proyectar, establecer y poner en funcionamiento las obras e instalaciones que sean necesarias; b) Obtener, adquirir y gozar las correspondientes concesiones en conformidad a la respectiva legislación; c) Proporcionar servicios de telecomunicaciones al público, ya sea directamente o mediante su ingreso en sociedades o empresas destinadas a ese exclusivo objeto o que forme con igual fin; d) Dar en arrendamiento u otra forma cualquiera de uso, goce o aprovechamiento los canales o circuitos de que disponga, a toda persona natural o jurídica; e) Atender las necesidades de servicio de telecomunicaciones que se requieran en el país y en el extranjero, sea conectando su propio sistema con el de personas o entidades que en o desde el país efectúen dicho servicio, o bien estableciendo ella misma las instalaciones y obras para operar directamente dentro del país o con países extranjeros; f) Celebrar toda clase de acuerdos o convenios con entidades o personas, naturales o jurídicas, destinadas a la utilización, goce o aprovechamiento, en forma exclusiva o en común, de bienes ajenos destinados a telecomunicaciones; g) Importar, exportar, comercializar, comprar, vender, arrendar, distribuir, y en general, celebrar toda clase de actos y contratos respecto de equipos de telecomunicaciones; y h) permitir a la empresa directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, o mediante la contratación de terceros, la prestación de los servicios para diseñar, desarrollar, realizar asesorías y consultarías, operar, implementar y mantener software, sistemas y equipos de procesamiento de datos, comercio electrónico, Internet, como cualquier otro servicio relacionado directa o indirectamente con ellos; pudiendo además importar, exportar, comercializar, comprar, vender, arrendar, distribuir, y en general, celebrar toda clase de actos y contratos en relación con programas, datos, y equipos computacionales y accesorios

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle San Sebastián 2727, comuna de Las Condes, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 22 de Septiembre de 2023, ante mí, Repertorio N° 1888-2023: MATEO GALLARDO MENESE, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número 21.225.090-2, domiciliado en Almirante Pastene número 185, oficina 1206, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana, doña MARIA IGNACIA ROMAN OLEA, chilena, casada, separada de bienes, cédula nacional de identidad número 10.066.404-6, domiciliada en Camino las Tranqueras Nº 4143, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “QUORA SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Objeto: El objeto de la sociedad será: el estudio, construcción y explotación de todo tipo de sistemas de telecomunicaciones en el país y en el extranjero, en los términos permitidos por las leyes y de conformidad con los planes que se formulen en concordancia con la política que exista sobre la materia. Estando dentro de sus finalidades proveer de telecomunicaciones al mayor número de usuarios, directamente o por intermedio de otras personas o entidades suministradoras. Pudiendo entre otros a) Proyectar, establecer y poner en funcionamiento las obras e instalaciones que sean necesarias; b) Obtener, adquirir y gozar las correspondientes concesiones en conformidad a la respectiva legislación; c) Proporcionar servicios de telecomunicaciones al público, ya sea directamente o mediante su ingreso en sociedades o empresas destinadas a ese exclusivo objeto o que forme con igual fin; d) Dar en arrendamiento u otra forma cualquiera de uso, goce o aprovechamiento los canales o circuitos de que disponga, a toda persona natural o jurídica; e) Atender las necesidades de servicio de telecomunicaciones que se requieran en el país y en el extranjero, sea conectando su propio sistema con el de personas o entidades que en o desde el país efectúen dicho servicio, o bien estableciendo ella misma las instalaciones y obras para operar directamente dentro del país o con países extranjeros; f) Celebrar toda clase de acuerdos o convenios con entidades o personas, naturales o jurídicas, destinadas a la utilización, goce o aprovechamiento, en forma exclusiva o en común, de bienes ajenos destinados a telecomunicaciones; g) Importar, exportar, comercializar, comprar, vender, arrendar, distribuir, y en general, celebrar toda clase de actos y contratos respecto de equipos de telecomunicaciones; y h) permitir a la empresa directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, o mediante la contratación de terceros, la prestación de los servicios para diseñar, desarrollar, realizar asesorías y consultarías, operar, implementar y mantener software, sistemas y equipos de procesamiento de datos, comercio electrónico, Internet, como cualquier otro servicio relacionado directa o indirectamente con ellos; pudiendo además importar, exportar, comercializar, comprar, vender, arrendar, distribuir, y en general, celebrar toda clase de actos y contratos en relación con programas, datos, y equipos computacionales y accesorios. Capital: un millón de pesos, dividido en mil acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscrito y pagado por los constituyentes en la forma señalada en la escritura. SANTIAGO, 11 de Octubre de 2023.