COMERCIAL VETERAGRO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de octubre de 2023
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cuatro de Octubre de dos mil veintitrés, ante mí, Doña EVELYN MIRNA AUGSBURGER BACHMANN, chilena, casada y separada totalmente de bienes, tecnóloga médica, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos veintidós mil trescientos ochenta y tres guión cero, domiciliada en la ciudad de Temuco, calle Miraflores número mil ciento ochenta y uno, don PABLO IGNACIO APAOBLAZA AUGSBURGER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos noventa y seis mil setecientos setenta y uno guión siete, domiciliado en la ciudad de Temuco, calle Avenida Las Encinas número tres mil setenta y cinco, en su calidad de socios, doña SOFÍA ANDREA APAOBLAZA AUGSBURGER, chilena, médico veterinaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos veintiséis mil setecientos noventa y dos guión nueve, domiciliada en la ciudad de Temuco, calle Cerro Ermitaño número tres mil setecientos cuarenta y cinco, casa número cincuenta y dos, Hacienda Las Mariposas, y don GUILLERMO NICOLÁS OYARZUN CÁRDENAS, chileno, médico veterinario, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos sesenta y tres mil setecientos quince guión cero, domiciliado en la ciudad de Temuco, calle Cerro Ermitaño número tres mil setecientos cuarenta y cinco, casa número cincuenta y dos, Hacienda Las Mariposas, expusieron: Que los comparecientes doña Evelyn Mirna Augsburger Bachmann y don Pablo Ignacio Apaoblaza Augsburger, son actualmente los únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “COMERCIAL VETERAGRO LIMITADA”, que opera además bajo el nombre de “VETERAGRO LTDA” del giro de su denominación, Rol único Tributario número setenta y nueve millones quinientos catorce mil doscientos guión dos, constituida por escritura pública de fecha siete de junio de mil novecientos ochenta y cuatro, otorgada ante el Notario Público de la comunas de Temuco, don Enrique León Nally, suplente del Titular don Raúl González Bécar, que se encuentra inscrita a fojas trescientos cincuenta y dos vuelta, número ciento cincuenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año mil novecientos ochenta y cuatro, cuyo extracto se publicó en el diario Oficial, edición número treinta y un mil ochocientos noventa y siete, de fecha quince de junio de mil novecientos ochenta y cuatro, el que se anotó al margen de la inscripción social con fecha dieciocho de junio de mil novecientos ochenta y cuatro. Esta sociedad fue objeto de una primera modificación por escritura pública de fecha diez de julio de mil novecientos noventa y dos, otorgada ante el Notario de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, e inscrita a fojas cuatrocientos setenta y dos, número trescientos veintitrés del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año mil novecientos noventa y dos, extracto publicado en el Diario Oficial, edición número treinta y cuatro mil trescientos veinte de fecha veinte de julio de mil novecientos noventa y dos, el que se anotó al margen de la inscripción social con fecha veintiuno de julio de mil novecientos ochenta y cuatro. Posteriormente la sociedad se modificó, por escritura pública de fecha veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y tres, suscrita ante el Notario Público de Temuco doña María Eugenia Ramírez Vera, suplente del titular don René Ramírez Molina, e inscrita a fojas doscientos noventa y tres vuelta, número doscientos treinta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año mil novecientos noventa y tres, extracto publicado en el Diario Oficial edición número treinta y cuatro mil quinientos ochenta y seis de fecha nueve de junio de mil novecientos noventa y tres, el que se anotó al margen de la inscripción social con fecha dieciséis de junio de mil novecientos noventa y tres. La sociedad fue objeto de nueva modificación, por escritura pública de fecha veintiuno de septiembre de dos mil siete, suscrita ante el Notario Público de Temuco don Jorge Tadres Hales, e inscrita a fojas novecientos veintiuno vuelta, número ochocientos treinta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil siete, extracto publicado en el Diario Oficial edición número treinta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco de fecha doce de octubre de dos mil siete, el que se anotó al margen de la inscripción social con fecha dieciocho de octubre de dos mil siete. Posteriormente se rectificó la escritura de modificación de la sociedad referida, por escritura pública de fecha treinta y uno de octubre de dos mil siete, suscrita ante el Notario Público de Temuco don Jorge Tadres Hales, rectificación anotada al margen de la inscripción de fojas novecientos veintiuno vuelta, número ochocientos treinta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil siete, que se anotó al margen de la inscripción social con fecha seis de noviembre de dos mil siete. PRESENTE MODIFICACION: Por acto escritura el socio compareciente Pablo Ignacio Apaoblaza Augsburger y con el acuerdo de su socia, vende, cede y transfiere, el cuarenta por ciento de sus derechos, haberes e interés en la sociedad, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social, a los comparecientes doña Sofía Andrea Apaoblaza Augsburger y a don Guillermo Nicolás Oyarzun Cárdenas, en la proporción y condiciones que se expresan: a) A doña Sofía Andrea Apaoblaza Augsburger, el treinta por ciento de sus derechos, haberes e interés en la sociedad, en la suma de dos millones de pesos, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, quien compra, adquiere y acepta para sí los referidos derechos; y b) A don Guillermo Nicolás Oyarzun Cárdenas, el diez por ciento de sus derechos, haberes e interés en la sociedad, en la suma de setecientos mil pesos, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, quien compra, adquiere y acepta para sí los referidos derechos. Declara el cedente que el precio de la cesión se ha recibido en forma íntegra, al contado y en dinero efectivo, en este acto y que en consecuencia se encuentra pagado y cancelado, sin reclamo presente o futuro que formular al respecto. En mérito de lo expresado se ha modificado la sociedad en cuanto a que son actualmente socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Comercial Veteragro Limitada”, los siguientes; doña Evelyn Mirna Augsburger Bachmann, don Pablo Ignacio Apaoblaza Augsburger, doña Sofía Andrea Apaoblaza Augsburger y don Guillermo Nicolás Oyarzun Cárdenas. En virtud de lo expuesto, el haber social queda conformado entre los socios de la siguiente forma: La socia Evelyn Mirna Augsburger Bachmann con el cincuenta por ciento, el socio Pablo Ignacio Apaoblaza Augsburger con el diez por ciento, la socia Sofía Andrea Apaoblaza Augsburger, con el treinta por ciento, y el socio Guillermo Nicolás Oyarzun Cárdenas, con el diez por ciento.- Asimismo los socios declaran que no existen reclamos entre ellos, respecto de la conformación y aportes del capital y en cuanto a la proporción que sobre éste corresponde a cada uno de ellos y desde ya renuncian, recíprocamente, a cualquier acción que al respecto les pudiera corresponder y se otorgan igualmente, amplio, total y completo finiquito por este concepto. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: Los socios por medio del presente instrumento acuerdan, modificar, además, la escritura de constitución de la sociedad, en lo siguiente: Se modifica la cláusula cuarta de la escritura de constitución de la sociedad, y cláusula tercera letra c) de la escritura de modificación de la sociedad contenida en escritura pública otorgada ante el Notario de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, de fecha veintiuno de septiembre del año dos mil siete, en el sentido que el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá en forma conjunta a las socias Evelyn Mirna Augsburger Bachmann y Sofía Andrea Apaoblaza Augsburger, quienes podrán actuar indistintamente en forma conjunta o separada, con las facultades que en la cláusula referida y cuarta de la escritura de modificación indicada, se otorgan. En todo lo no modificado por la presente escritura, queda ratificado y plenamente vigente el estatuto social de que da cuenta la escritura pública de constitución de la sociedad y sus posteriores modificaciones que se han referido en la cláusula primera de esta escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 05 de Octubre de 2023.