CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MÉDICA ESTARTUS GRAMEGNA LIMITADA

RUT 6564404-5 CVE 2393689
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
13 de octubre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos, diagnóstico, curación, procedimientos y rehabilitación de las personas, en el área de la salud y la medicina, en su más amplio sentido y alcance incluso por vías telemáticas, especialmente lo que dice relación con el área de la psiquiatría y salud mental. Actividades dirigidas directamente al público en general o a través de convenios con empresas, Isapres o cualquier entidad pública o privada; b) Centros médicos privados, atención hospitalaria, urgencias y otros similares de carácter ambulatorio; c) Realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; d) Adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; f) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los

Administración

corresponderá a doña GLORIA MARÍA EUGENIA GRAMEGNA SOUGARRET y a don AGUSTÍN ENRIQUE ESTARTUS GUTIÉRREZ, quienes podrán actuar de forma separada e indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Hernán Cuadra Gazmuri, Notario Titular de la 1° Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, oficinas 101 y 102, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 13 de Octubre de 2023, ante mí, doña GLORIA MARÍA EUGENIA GRAMEGNA SOUGARRET, cédula de identidad N° 6.564.404-5, con domicilio en Avenida Central N° 3510 A, Lo Cañas, comuna de la Florida, Región Metropolitana, y don AGUSTÍN ENRIQUE ESTARTUS GUTIÉRREZ, cédula de identidad N° 6.606.649-8, con domicilio en calle Los Pozos N° 6067, departamento 42, comuna Las Condes, Región Metropolitana, constituyen una Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZÓN SOCIAL:“SOCIEDAD MÉDICA ESTARTUS GRAMEGNA LIMITADA”, nombre de fantasía “SAN PIO X LTDA.” OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos, diagnóstico, curación, procedimientos y rehabilitación de las personas, en el área de la salud y la medicina, en su más amplio sentido y alcance incluso por vías telemáticas, especialmente lo que dice relación con el área de la psiquiatría y salud mental. Actividades dirigidas directamente al público en general o a través de convenios con empresas, Isapres o cualquier entidad pública o privada; b) Centros médicos privados, atención hospitalaria, urgencias y otros similares de carácter ambulatorio; c) Realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; d) Adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; f) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a doña GLORIA MARÍA EUGENIA GRAMEGNA SOUGARRET y a don AGUSTÍN ENRIQUE ESTARTUS GUTIÉRREZ, quienes podrán actuar de forma separada e indistintamente. CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de 1.000.000 de pesos, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: UNO) Doña GLORIA MARÍA EUGENIA GRAMEGNA SOUGARRET, aporta la suma de 500.000 pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole por tanto, el 50 por ciento de los haberes y derechos sociales; DOS) Don AGUSTÍN ENRIQUE ESTARTUS GUTIÉRREZ, aporta la suma de 500.000 pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole por tanto, el 50 por ciento de los haberes y derechos sociales. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 16 de Octubre de 2023. H. Cuadra G.