SERVICIOS GASTRONÓMICOS GODOY Y OJEDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2023
- Repertorio
- 6921
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Segunda Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $11.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ELSA CRISTINA ROA ANGUITA | socio | 10869871-3 | — | — | Puerto Montt |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta cuatrocientos setenta y ocho, certifica: que por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 04 de octubre de 2023, ELSA CRISTINA ROA ANGUITA, chilena, soltera, abogada, RUT 10.869.871-3, con domicilio en Pedro Montt 65, oficina 208, Puerto Montt, rectifica Cesión de Derechos y Modificación Social y Saneamiento de SERVICIOS GASTRONÓMICOS GODOY Y OJEDA LIMITADA, Rut 76.397.331-K. Antecedentes: 1.-Que el 28 de julio 2023, ante Notario doña María Paz Mardones Villarroel, Notario Público de la Segunda Notaría de Puerto Montt, Suplente del Titular, don Felipe San Martín Schröder, se suscribió Escritura Pública de Cesión de Derechos Sociales y Modificación Social, anotada en el Repertorio N°6921 de la empresa “SERVICIOS GASTRONÓMICOS GODOY Y OJEDA LIMITADA” o “ATSUKO LIMITADA”; 2.- Que en la escritura mencionada se modificó el número de socios, saliendo de ella el cedente, y quedando una única socia, modificó su naturaleza jurídica y razón social, transformándola en una sociedad por acciones denominada “INVERSIONES Y SERVICIOS GASTRONÓMICOS OJEDA SPA” o “ATSUKO SPA”; 3.- Dicha Escritura Pública fue extractada con la misma fecha y dicho extracto publicado el jueves 24 de agosto 2023 en el Diario Oficial de Chile, CVE 2365921; 4.- Que, tanto en la escritura ya individualizada, como en el extracto se cometió el error de individualizar, a la sociedad en cuestión como “INVERSIONES Y SERVICIOS GASTRONÓMICOS GODOY Y OJEDA LIMITADA”, en tanto que la razón social de la misma era “SERVICIOS GASTRONÓMICOS GODOY Y OJEDA LIMITADA”, es decir, la mención de la palabra “INVERSIONES” en la razón social de la empresa fue errónea. 5.- Que debido al error cometido no alcanzó a efectuarse la inscripción del extracto dentro de plazo legal por lo que se debe sanear. RECTIFICACIÓN: Que se rectifica el error recién aludido, en el sentido que se debe eliminar en toda mención a la razón social tanto en la Escritura Pública de Cesión de Derechos y Modificación Social, como en su respectivo extracto la palabra “INVERSIONES”, es decir, la razón social correcta es “SERVICIOS GASTRONÓMICOS GODOY Y OJEDA LIMITADA”. Entendiéndose esta frase, rectificada, forma parte de la Escritura Pública de Cesión de Derechos y Modificación Social, como en su respectivo extracto. SANEAMIENTO: Que, habida consideración de que en la Escritura Pública de Cesión de Derechos y Modificación Social, como en su respectivo extracto la única socia que permaneció en la sociedad modificó la naturaleza jurídica de la misma, transformándola en una sociedad por acciones “INVERSIONES Y SERVICIOS GASTRONÓMICOS OJEDA SpA” o “ATSUKO SPA” que se debió haber inscrito en el Registro de Comercio dentro del plazo de un mes, lo cual se sanea en este acto con el objeto de que el extracto correspondiente sea inscrito dentro de plazo en el Registro de Comercio de la ciudad de Osorno. CAPITAL SOCIAL: $11.000.000 dividido en 22 acciones, nominativas, única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Más estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 16 de octubre de 2023.-