MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Vegetables SpA

RUT 77119651-9 CVE 2391775
Fecha instrumento
10 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2020
Repertorio
14445/2023
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad será administrada por don Alexis Andrés Oyarce Carrión, cédula de identidad N° 19.004.653-3 y por doña Catalina Almendra Riquelme Núñez, cédula de identidad N° 19.884.751-8, quienes actuando individualmente tendrán, en forma ejemplificativa y no limitativa, todas las facultades que se indican a continuación sobre las cuales se encuentran expresamente autorizados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, Santiago, certifica: que con fecha 27 de septiembre de 2023 ante mí, don ALEXIS ANDRÉS OYARCE CARRIÓN y doña CATALINA ALMENDRA RIQUELME NÚÑEZ suscriben escritura pública de modificación, Repertorio N° 14445/2023, de la sociedad VEGETABLES SpA, constituída por escritura pública de fecha 10 de enero de 2020 inscrita a fojas 4.876 N°2648 del Conservador de Comercio de Santiago, año 2020, y publicada en Diario Oficial a 22 de enero de 2020, sus únicos accionistas de acuerdo de acuerdo a escritura pública de compraventa de fecha 4 de agosto de 2023, reunidos en este acto el 100% de las acciones, los socios individualizados vienen en modificar el artículo decimoprimero del Título Tercero de la escritura social en comento por el siguiente: TÍTULO TERCERO de la Administración. ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad será administrada por don Alexis Andrés Oyarce Carrión, cédula de identidad N° 19.004.653-3 y por doña Catalina Almendra Riquelme Núñez, cédula de identidad N° 19.884.751-8, quienes actuando individualmente tendrán, en forma ejemplificativa y no limitativa, todas las facultades que se indican a continuación sobre las cuales se encuentran expresamente autorizados. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 29 de septiembre de 2023.