SOCIEDAD DE PROFESIONALES LÓPEZ, ESCOBAR, DEL RÍO, LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2023
- Notario
- PATRICIA PARAM SARRAS
- Domicilio
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA PARAM SARRAS, abogada, Notario Público de Santiago, Suplente de la Titular de la Notaría N°37 de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 26.09.2023, ante mí, Julián Higinio López Masle, Avenida Felipe Cubillos Sigall N°1715, casa 11, comuna de Lo Barnechea, Santiago; José Ignacio Escobar Opazo, calle Rinconada El Salto N° 945, Edificio Los Quillayes, departamento 601, Condominio Bosques de La Pirámide, comuna de Huechuraba, Santiago; Jorge Francisco del Río Pérez, Avenida Américo Vespucio Norte 576, departamento 801/802, comuna de Las Condes, Santiago; y Felipe Octavio Leiva Fadic, Cerro El Plomo N° 5420, oficina 402, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron SOCIEDAD DE PROFESIONALES LÓPEZ, ESCOBAR, DEL RÍO, LIMITADA, inscrita a fs. 90.395, N° 48.883 Registro Comercio del CBR de Santiago de 2016, y modificada según inscripciones a fs. 96.449, N° 47.364 Registro Comercio del CBR de Santiago de 2019 y a fs. 99.262, N° 45.864 Registro Comercio del CBR de Santiago de 2021, en el siguiente sentido: don Felipe Octavio Leiva Fadic vendió, cedió y transfirió un seis por ciento de los derechos sociales a don Julián Higinio López Masle, quien los compró y adquirió para sí. El precio de esta cesión fue la suma de $10.141.885.- que el cesionario adquirente pagó íntegramente en dicho acto al cedente, quien declaró recibirlo a su entera conformidad; asimismo, don Felipe Octavio Leiva Fadic vendió, cedió y transfirió un tres por ciento de los derechos sociales a don José Ignacio Escobar Opazo, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de esta cesión es la suma de $5.070.943.- que el cesionario adquirente pagó íntegramente en dicho acto al cedente, quien declaró recibirlo a su entera conformidad. Producto de la cesión de derechos a que se ha hecho referencia, se retira y deja de ser socio de la Sociedad de Profesionales López, Escobar, Del Río, Limitada, don Felipe Octavio Leiva Fadic. Acto seguido, los actuales socios acordaron modificar los artículos primero y cuarto de los estatutos sociales reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES LÓPEZ ESCOBAR DEL RÍO UNO LIMITADA”, pudiendo operar también bajo los nombres de fantasía “LÓPEZ ESCOBAR DEL RÍO UNO LTDA.” y/o “LEDR UNO ABOGADOS LTDA.” “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: (a) Don Julián Higinio López Masle aporta la suma de seiscientos setenta mil pesos, correspondientes al sesenta y siete por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados y enterados en la caja social; b) Don José Ignacio Escobar Opazo aporta la suma de doscientos sesenta mil pesos, correspondientes al veintiséis por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados y enterados en la caja social; y, c) Don Jorge Francisco Del Río Pérez aporta la suma de setenta mil pesos, correspondientes al siete por ciento de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados y enterados en la caja social”. En lo no modificado quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de octubre de 2023.