MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA QUEENESTATE LIMITADA

RUT 76218384-6 CVE 2391914
Capital
$1.955.956.482 CLP
Fecha instrumento
11 de octubre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2023
Repertorio
30347/2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.955.956.482 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

INMOBILIARIA QUEENESTATE LIMITADA JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha once de octubre de 2023, Repertorio Nº 30.347/2023, ante mí, comparecieron: doña CLAUDETTE PAGOLA HOLLEMART e INVERSIONES AMURA SpA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Luis Pasteur 5280, oficina 402, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; únicos y actuales socios de INMOBILIARIA QUEENESTATE LIMITADA, inscrita a fojas 34.758, número 24.418 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 (en adelante la “Sociedad”), quienes acordaron: (i) dejar constancia del pago íntegro del capital por parte de la socia Inversiones Amura SpA, por medio de la capitalización de parte de la Cuenta por Cobrar singularizada en el presente instrumento. En consecuencia, el capital de la Sociedad, ascendente a la suma de $1.816.620.770, se encuentra íntegramente pagado; (ii) aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $139.335.712; y por lo tanto, de la suma de $1.816.620.770 a la suma de $1.955.956.482; reemplazando íntegramente el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: Capital Social. El capital de la Sociedad asciende a la suma de 1.955.956.482, el que se distribuye entre los Socios de la siguiente forma: (a) doña Claudette Pagola Hollemart, es titular de un 0,39% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $7.632.338; y (b) Inversiones Amura SpA, es titular de un 99,61% de los derechos sociales, equivalentes a la suma de $1.948.324.144”. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Juan Ricardo San Martín Urrejola. Notario Titular. Santiago, 11 de octubre de 2023.