MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRO COMERCIAL LOS CIRUELOS LIMITADA

RUT 76574991-3 CVE 2391316
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2023
Repertorio
32252-2023
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Segundo piso, Santiago, Certifica que: Por escritura pública de fecha 28 de Septiembre de 2023, Repertorio N° 32.252-2023 ante mí, GINA DEL ROSARIO AVILA RIQUELME, chilena, casada, abogado, cédula de identidad número 8.532.264-8, en representación de doña MARIA JÉSICA AROS LOBOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, C.I. N° 8.622.690-1 y don ARTURO JOSE AROS LOBOS, chileno, casado, Técnico Químico, C.I. N° 8.347.628-1, ambos en representación de la sociedad “AGRO COMERCIAL LOS CIRUELOS LIMTADA”, Rut. N° 76.574.991-3 y JUAN CARLOS ARIAS ARIAS, chileno, divorciado, empleado, C.I. N° 7.009.662-5, todos domiciliados en calle Manuel Montt N°1.898, comuna de Providencia.- Sus representados efectuaron con fecha 29 de Agosto del 2023, ante don Álvaro González Salinas, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Piso 2, Santiago, repertorio N° 28.850–2023, una modificación de sociedad, la cual se encuentra inscrita a fojas 77.907, N°33.575 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, y publicada en el Diario Oficial N° 43.649 de fecha 9 de Septiembre del año 2023.- Que estando debidamente facultada, viene en rectificar la cláusula cuarta de la escritura pública antes citada, en la cual se rotulara con letra a) y a continuación se agregara letra b) Que, se señalara al nuevo representante de la sociedad que se obvio involuntariamente en la escritura señalada, en el siguiente sentido; DONDE DICE: CUARTO.- Los socios nombrados comparecientes, proceden a modificar el pacto social en el siguiente sentido: En esta oportunidad la socia doña MARÍA JESICA AROS LOBOS se retira de la Sociedad y procede a vender, ceder y transferir el total de los derechos que le corresponden en la sociedad, es decir el 90% de sus derechos societarios y del capital social, el 50% al socio don ARTURO JOSÉ AROS LOBOS, en la suma de $4.000.000 que se pagan en este acto, y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente, renunciando éste, en consecuencia a la acción resolutoria que pudiere corresponderle, y el 40% restante a don JUAN CARLOS ARIAS ARIAS, en la suma de $3.000.000 que se pagan en este acto, y en dinero efectivo a entera satisfacción del cedente, renunciando éste, en consecuencia a la acción resolutoria que pudiere corresponderle.- Como resultado el socio don ARTURO JOSÉ AROS LOBOS, que contaba con el 10%, queda con el 60% del capital social, y el socio don JUAN CARLOS ARIAS ARIAS, queda con el 40% del capital social.- DEBIENDO DECIR: “CUARTO.- Los socios nombrados, procedieron a modificar el pacto social en el siguiente sentido: a) En esa oportunidad la socia doña MARÍA JESICA AROS LOBOS se retira de la Sociedad y procede a vender, ceder y transferir el total de sus derechos que le corresponden en la sociedad, es decir el 90% de los derechos societarios y del capital social, el 50% al socio don ARTURO JOSÉ AROS LOBOS, en la suma de $4.000.000, que se pagan en ese acto, y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente, renunciando éste, en consecuencia a la acción resolutoria que pudiere corresponderle, y el 40% restante a don JUAN CARLOS ARIAS ARIAS, en la suma de $3.000.000 que se pagan en este acto, y en dinero efectivo a entera satisfacción del cedente, renunciando éste, en consecuencia a la acción resolutoria que pudiere corresponderle.- Como resultado el socio don ARTURO JOSÉ AROS LOBOS, que contaba con el 10%, queda con el 60% del capital social, y el socio don JUAN CARLOS ARIAS ARIAS, queda con el 40% del capital social; b) Seguidamente los socios don ARTURO JOSE AROS LOBOS y don JUAN CARLOS ARIAS ARIAS procedieron a modificar la cláusula Quinta del pacto social relativa al uso y administración de la razón social, la cual corresponderá al socio don ARTURO JOSÉ AROS LOBOS, con las facultades señaladas en la escritura primitiva.- En todo lo demás se mantiene plenamente y sin modificaciones la escritura referida.- Santiago, 05 de Octubre de 2023.- Álvaro González Salinas.- Notario Titular.