NOVA HELIO SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de octubre de 2023
- Repertorio
- 1693-2023
- Notario
- PAULINA ALEJANDRA SOTOMAYOR GRAEPP
- Domicilio
- Villa Alemana
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Se redujo a escritura Pública Modificación de NOVA HELIO SPA | socio | 76860765-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA ALEJANDRA SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Titular de Villa Alemana, con oficio en Patricio Lynch número treinta y nueve: Certifico que por escritura pública de fecha 05 de Octubre de 2023, bajo el Repertorio N° 1.693-2023, ante mí, don DANIEL ALEJANDRO MUNDACA UTRERAS, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad y rol único tributario número dieciséis millones setecientos setenta y ocho mil ochocientos noventa y nueve guión ocho, domiciliado en Hernando de Magallanes 2145A, el sol, comuna de Quilpué, Don JONATHAN EFRAIN MUNDACA UTRERAS, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad y Rol Único Tributario número quince millones quinientos sesenta mil novecientos cuarenta y seis guión K, domiciliado en domiciliado en Hernando de Magallanes 2145A, el sol, comuna de Quilpué, Doña JACQUELINE DEL CARMEN UTRERAS SALINAS, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad y Rol Único Tributario nueve millones seiscientos veintiséis mil veintiuno guión cero, domiciliada en domiciliado en Hernando de Magallanes 2145A, el sol, comuna de Quilpué, y Don DANIEL FROILAN MUNDACA URRA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad y Rol Único Tributario número siete millones ciento cuarenta y cinco mil setenta y uno guión seis, domiciliado en domiciliado en Hernando de Magallanes 2145A, el sol, comuna de Quilpué, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con la cédula anotada, exponen: PRIMERO: Se redujo a escritura Pública Modificación de NOVA HELIO SPA., RUT N° 76.860.765-6. El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, de única serie, y sin valor nominal. Cada uno de los socios cuenta con un 25% de las acciones de la sociedad. SEGUNDO: modificaron de mutuo acuerdo el TÍTULO PRIMERO de la sociedad, ARTÍCULO SEGUNDO: “el objeto de la sociedad será” en los siguiente términos: A) Fabricar, vender, instalar, mantener, reparar, importar y exportar por sí o por medio de terceros toda clase de insumos de hojalatería y prestar toda clase de asesoría y servicios de soporte técnico relacionado a esta clase de artículos; fabricar, instalar, reparar y mantener, por sí o por intermedio de terceros, ductos de aire acondicionado; diseñar e instalar sistemas de inyección y extracción de aire, sean electromecánicos, eólicos y solares, además de reparar, mantener y prestar asesoría y soporte técnico respecto de tales sistemas; fabricar, comprar, vender, instalar, mantener y reparar, por sí o por medio de terceros, techumbres y campanas de extracción; comprar y vender materiales de construcción B) Elaborar, producir, comprar, vender, y distribuir, por sí o por intermedio de terceros, sistemas de filtración, extracción, purificación y desalinización de aguas, sean subterráneas o superficiales, solicitando los permisos, autorizaciones, franquicias o cualquier tipo de trámite administrativo y/o judicial necesario para tal finalidad; elaborar, comprar, y vender agua envasada, desarrollar toda clase de estudios y proyectos para instalar y explotar plantas embotelladoras, recoger y eliminar desechos y, en general realizar cualquier actividad relacionada al manejo de desperdicios, sea por sí o por medio de terceros todo ello tanto por sí o por intermedio de terceros. C) Por sí o por medio de terceros importar, exportar, y vender servicios de tecnología relacionados a energías renovables solar, eólica, y de toda otra clase; desarrollar, planificar, comercializar, en todas sus formas por sí o por intermedio de terceros, establecer y/o explotar, de cualquier manera, sistemas fotovoltaicos, generadores eólicos, e hídricos, y en general cualquier tipo de equipos, sistemas, y elementos idóneos para la generación de toda clase de energías, así como el mantenimiento, reparación, soporte técnico y asesoramiento integral respecto de los referidos equipos sistema y elementos. D) El desarrollo de instalaciones hidráulicas, embalses y canales y la prestación de servicios de soporte técnico, mantenimiento y reparación de los mismos. E) Instalar sistemas de comunicaciones. F) Comprar, vender, arrendar y/o explotar, en cualquier forma, por sí o por intermedio de terceros, todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el desarrollo de su giro comercial. G) La importación y exportación de equipos, piezas, partes, repuestos, y elementos, en general, necesarios para la instalación, mantenimiento, reparación, asesoramiento, explotación, aprovechamiento y comercialización de todas las prestaciones relacionadas directa o indirectamente al objeto de la sociedad. H) La generación de energía eléctrica para lo cual podrá, desarrollar, construir, financiar, explotar, operar, mantener, asesorar en cualquier forma o a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos de generación de energía ya sea eólica, solar, hidroeléctrica o de otro tipo, y la ejecución o desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales proyectos. Para el desarrollo de su objeto la sociedad, podrá llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones, y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad y condiciones geográficas, meteorológicas, técnicas y económicas de proyectos; para estos efectos podrá: comprar, vender, y comercializar energía eléctrica con clientes libres, clientes regulados, a través de contratos de suministros, licitaciones de suministro públicas o privadas, o de cualquier otra forma; obtener, transferir, comprar, arrendar, prendar o explotar de cualquier forma las respectivas concesiones y derechos contemplados en la legislación y reglamentación eléctrica; solicitar permisos, autorizaciones, y franquicias para preservar, promover, o desarrollar sus actividades; comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes e insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica, y mantenimiento, asesoramiento, soporte técnico, y reparación de equipos y sistemas relacionados al giro de la empresa I) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o terceros, relativo a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto social; J) Podrá efectuar a cuenta propia o ajena las siguientes actividades, desarrollar proyectos gastronómicos, ya sea restaurantes, fuente de sodas, cantinas, bares, restaurant de turismo, comida rápida, servicios móviles de comida y en general cualquier acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia directa de los mismos. K) Podrá efectuar a cuenta propia o ajena las siguientes actividades, desarrollar actividades de hoteles, moteles, residenciales para turistas o estudiantes, actividades de alojamiento en general, actividades de campamentos, parques de caravanas o recreos, y en general cualquier acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia directa de los mismos. L) En general realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren anexas o complementarias a su giro, pudiendo para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales o jurídicos de cualquier naturaleza autorizado por las leyes, que se relaciones directa o indirectamente con el objeto social de la misma sociedad, incluyendo la contratación de préstamos, u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos que se requiera o estime necesarios, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, constituir sociedades, o ingresar a las ya constituidas. TERCERO: Dejan constancia que dicha modificación se realiza de mutuo acuerdo por todos los accionistas. Demas estipulación en escritura extractada. VILLA ALEMANA A 10 DE OCTUBRE DE 2023.-