MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CASA DE CAMBIO E INVERSIONES URBINA Y URBINA LIMITADA

RUT 77389351-9 CVE 2390556
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de octubre de 2023
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2023
Notario
RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA
Oficio
4ta. Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, Abogado, Notario Público Interino de la 4ta. Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº 525, certifico: que por escritura pública otorgada el 06/Octubre/2023, ante mí, señores: LUIS GUILLERMO URBINA ESPINOSA, chileno, casado, factor de comercio, cédula 9.025.535-5, domiciliado en Psje. Pampa Engañadora 2960, Iquique; y CAMILA DEL PILAR URBINA ANDRADE, chilena, soltera, terapeuta ocupacional, cédula 19.180.695-6, domiciliada en Psje. Pampa Engañadora 2960, Iquique, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “CASA DE CAMBIO E INVERSIONES URBINA Y URBINA LIMITADA” que opera bajo el nombre de fantasía de "CASA DE CAMBIO CAMI LTDA., Rut 77.389.351-9, capital social $5.000.000.- EN EL SIGUIENTE SENTIDO: Aumentan capital social de $5.00.000.- a $35.000.000.- mediante el aporte de LUIS GUILLERMO URBINA ESPINOSA que aporta la suma de $20.000.000.- en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresan a las arcas sociales; y mediante el aporte de CAMILA DEL PILAR URBINA ANDRADE, que aporta $10.000.000.- en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresan a las arcas sociales.- A razón del aumento de capital social, los socios modifican la cláusula quinta del pacto social primitivo, la que a partir de esta fecha queda redactada de la siguiente manera: QUINTO: El capital social será la suma de treinta y cinco millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Don LUIS GUILLERMO URBINA ESPINOSA, aporta y entera la suma de veinticuatro millones quinientos mil pesos, en dinero en efectivo ya ingresados a las arcas sociales, correspondiéndole un porcentaje de un setenta por ciento en el haber social; y b) Doña CAMILA DEL PILAR URBINA ANDRADE, aporta y entera la suma de diez millones quinientos mil pesos, en dinero en efectivo ya ingresados a las arcas sociales, correspondiéndole un porcentaje de un treinta por ciento en el haber social.-” Convienen los socios comparecientes, que en todo lo no modificado por el presente instrumento, rigen en todas sus partes las estipulaciones contenidas en el pacto de constitución social primitivo y en las escrituras de modificaciones sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada. IQUIQUE, 11 de octubre de 2023.