CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD LA HERRADURA COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2390081
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2023
Notaría
Punta Arenas
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2023
Repertorio
3193/2023
Notario
PABLO VALENZUELA PEREZ
Oficio
Tercera Notaria de Punta Arenas
Comuna
Punta Arenas

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Punta Arenas
Duración
Cinco años, prorrogables de manera automática si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su
Ley aplicable
ley 3918

Objeto social

El objeto de la sociedad será comprar, vender, arrendar, administrar, explotar toda clase de bienes inmuebles, sean estos por naturaleza, adherencia o destinación; urbanos y rurales, de agrado, industriales, comerciales, habitaciones; de arriendo permanente, temporales o de época y períodos determinados; pudiendo hacerlo ya con bienes propios o de terceros, sea por cuenta propia o en nombre de terceros; además, pudiendo efectuar toda clase de negocios u actividades propias del giro y otras diferentes, previo acuerdo de los socios como la ejecución de operaciones y procesos agrícolas y)o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera, la fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales propias de terceros en el país, referido a dichas actividades y todo tipo de productos que se relacionen con esta actividad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO VALENZUELA PEREZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Punta Arenas, con domicilio en calle Lautaro Navarro N° 1.048 Punta Arenas, certifica: Que por escritura pública otorgada de fecha 28.09.2023, repertorio N° 3193/2023, ante mí suplente don Iván Andrés Toledo Mora, comparecieron ante mí don PATRICIO ALBERTO GONZALO GALAZ CASTILLO, chileno, casado y separado totalmente de bienes desde Septiembre de dos mil diecisiete, empleado público, cédula Nacional de Identidad y rol único Tributario número siete millones seiscientos cuarenta y un mil setecientos veintiocho guion ocho, con domicilio en Avenida España número cero setecientos seis de la comuna de Punta Arenas quien comparece por sí y en representación convencional según se acreditará de doña FERNANDA MARGARITA GALAZ MIRANDA, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, administradora de seguridad pública, cédula de identidad número dieciséis millones seiscientos treinta y cinco mil ochocientos veintinueve guión nueve, domiciliado en calle Beauchef número mil trescientos veinticinco, departamento seiscientos ocho, de la comuna de Santiago, doña ROSA MARGARITA MIRANDA ALARCON, chilena, labores de casa, Cedula nacional de identidad y Rol Único Tributario número siete millones ochocientos setenta y nueve mil cuarenta y ocho guion dos, domiciliada en Avenida España número cero setecientos seis de la comuna de Punta Arenas, don PATRICIO ANDRÉS GALAZ MIRANDA, chileno, soltero, psicopedagogo, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos seis mil seiscientos setenta y cinco guion dos, domiciliado en Avenida España número cero setecientos seis de esta ciudad quienes constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en conformidad a la ley 3918 y sus modificaciones. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD LA HERRADURA COMPAÑÍA LIMITADA" pudiendo usar como nombre de fantasía “LA HERRADURA CIA LTDA. OBJETO. El objeto de la sociedad será comprar, vender, arrendar, administrar, explotar toda clase de bienes inmuebles, sean estos por naturaleza, adherencia o destinación; urbanos y rurales, de agrado, industriales, comerciales, habitaciones; de arriendo permanente, temporales o de época y períodos determinados; pudiendo hacerlo ya con bienes propios o de terceros, sea por cuenta propia o en nombre de terceros; además, pudiendo efectuar toda clase de negocios u actividades propias del giro y otras diferentes, previo acuerdo de los socios como la ejecución de operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera, la fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales propias de terceros en el país, referido a dichas actividades y todo tipo de productos que se relacionen con esta actividad. CAPITAL: El capital social será la suma de $2.000.000 (Dos Millones de Pesos), cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) PATRICIO ALBERTO GALAZ CASTILLO aportará la suma de $500.000 (Quinientos mil Pesos) equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, suma que ha sido enterada a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento en dinero efectivo y al contado que han sido aportados y enterados a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento otorgándose las partes el más amplio finiquito a este respecto b) ROSA MARGARITA MIRANDA ALARCON, aportará la suma de $500.000 (Quinientos mil pesos) equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, suma que ha sido enterada a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento en dinero efectivo y al contado que han sido aportados y enterados a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento otorgándose las partes el más amplio finiquito a este respecto C) doña FERNANDA MARGARITA GALAZ MIRANDA aportará la suma de $500.000 (Quinientos m mil Pesos) equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, suma que ha sido enterada a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento en dinero efectivo y al contado que han sido aportados y enterados a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento otorgándose las partes el más amplio finiquito a este respecto y d) PATRICIO ANDRÉS GALAZ MIRANDA, aportará la suma de $500.000 (Quinientos mil Pesos) equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, suma que ha sido enterada a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento en dinero efectivo y al contado que han sido aportados y enterados a la caja social con anterioridad a la celebración de este instrumento otorgándose las partes el más amplio finiquito a este respecto. ADMINISTRACION Y USO DE RAZÓN SOCIAL. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don PATRICIO ALBERTO GONZALO GALAZ CASTILLO y/o doña ROSA MARGARITA MIRANDA ALARCON anteponiendo siempre a su firma personal un timbre con la razón social indicada. Será necesario el consentimiento unánime de los socios para enajenar bienes raíces, para autocontratar y para otorgar fianzas, avales y toda clase de cauciones y garantías, incluyendo la constitución de la sociedad en codeudora solidaria.- DURACIÓN: Cinco años, prorrogables de manera automática si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su vigencia. RESPONSABILIDAD: Los socios Limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. DOMICILIO. Punta Arenas sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Punta Arenas, 5 de Octubre de 2023.