OJEDA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2023
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “OJEDA Y COMPAÑIA”
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Cale Dr. Manuel Barros Borgoño N° 110, Oficina 304, comuna de Providencia, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: desarrollar las siguientes actividades: Servicio de asesoramiento y representación jurídica, asesoramiento empresarial en general. En general la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriormente descritas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42º Notaria de Santiago, Agustinas Nº 1070, 2º Piso, Certifico: Que por escritura publica de fecha 13 de septiembre de 2023, otorgada ante mi, JUAN PABLO LIRA OJEDA. C.I. 18.022.469-6, con domicilio en Calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°110, Oficina 304, Providencia y don JONATAN ALEJANDRO VASQUEZ POBLETE, C.I. 17.186.738-K, con domicilio en Calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°110, Oficina 304, Providencia, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social “OJEDA Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”. Nombre de Fantasía: “OJEDA Y COMPAÑIA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: desarrollar las siguientes actividades: Servicio de asesoramiento y representación jurídica, asesoramiento empresarial en general. En general la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriormente descritas. Domicilio: Cale Dr. Manuel Barros Borgoño N° 110, Oficina 304, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Duración: indefinida. Capital: $2.000.000 de pesos chilenos, dividido en los siguientes aportes: A) JUAN PABLO LIRA OJEDA con el noventa por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón novecientos ochenta mil pesos, enterado y pagado; B) JONATAN ALEJANDRO VASQUEZ POBLETE con el diez por ciento del capital social, mediante el aporte de cien mil pesos, enterado y pagado. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de octubre de 2023.