MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESOTÉRICA QUOPH LIMITADA

RUT 76105709-K CVE 2389995
Fecha instrumento
26 de mayo de 2010

Instrumento

Fecha
26 de mayo de 2010
Notario
RAUL FARREN PAREDES
Domicilio
Viña del Mar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAUL FARREN PAREDES, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en esta ciudad, Villanello 66, certifica; Que por escritura pública hoy ante mi, Don VICENTE FRANCISCO MONTECINO BILLEKE, pensionado, domiciliado en calle Arlegui 358 local 111, Viña del Mar, Don NICOLAS MATÍAS CAROCA WORTHMANN, médico cirujano, anteriormente de nombre NICOLAS MATIAS FLORES CAROCA, domiciliado en Edmundo Eluchans 2066 departamento 1809, Viña del Mar y Don SIMÓN PEDRO SANTIAGO CAROCA WORTHMANN, estudiante medicina china, domiciliado en José Ortega 126, Cerro Santo Domingo, Valparaíso, Modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, RUT. Nro. 76.105.709-k, “ESOTERICA QUOPH LIMITADA” o “QUOPH LTDA“ , constituida escritura de fecha 26 de Mayo del año 2010, ante el notario de Viña del Mar Don Raúl Farren Paredes, la que se inscribió a fojas 793 número 950 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Viña del Mar del año 2010 y se publicó en el Diario Oficial número 39.678, de fecha 05 de Junio del año 2010, en siguiente sentido: CESIONES: Don VICENTE FRANCISCO MONTECINO BILLEKE, en adelante también "el cedente", viene en vender, ceder y transferir el total de las acciones y derechos que mantiene en la sociedad y que ascienden al 49% de las acciones a don SIMÓN PEDRO SANTIAGO CAROCA WORTHMANN, en adelante "el cesionario".- El precio de esta cesión es la suma de $980.000, que el cesionario pagó al cedente, en su totalidad, al contado, en dinero en efectivo, con anterioridad a la fecha del presente contrato, declarando el cedente haber recibido a su entera satisfacción. Modificaciones: A) a contar de esta fecha se retira de la sociedad don VICENTE FRANCISCO MONTECINO BILLEKE. B) Son únicos socios de la sociedad: NICOLAS MATÍAS CAROCA WORTHMANN, con el 51% de los derechos sociales; SIMÓN PEDRO SANTIAGO CAROCA WORTHMANN, con el 49% de los derechos sociales.- C) Se modifica la cláusula Cuarta de la escritura de constitución en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a NICOLAS MATIAS CAROCA WORTHMANN y SIMÓN PEDRO SANTIAGO CAROCA WORTHMANN, en forma separada e indistintamente, con todas las facultades indicadas en la cláusula cuarta de dicha escritura de constitución. D) En todo lo demás queda vigente el estatuto social original y sus modificaciones que no sean incompatibles con las modificaciones acordadas en el presente instrumento. Viña del Mar, 28 de Septiembre de 2023.