CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA MORGANA SpA

RUT 16227245-4 CVE 2390097
Capital
$36.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de octubre de 2023
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2023
Repertorio
3663
Notario
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
Domicilio
esta Comuna

Sociedad

Capital
$36.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Arica, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será el siguiente: a) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; b) La prestación de servicios de transporte terrestre de carga y pasajeros, nacional e internacional, en vehículos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; c) Realizar actos de importación, exportación, elaboración, transformación, incorporación, montaje, manufacturación, distribución, fabricación, distribución y comercialización, al por mayor o al detalle, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, artículos o mercaderías; d) El desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y e) La inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y la comercialización y distribución de los frutos y productos que dicha explotación genere; y en general, cualquier otra actividad que los

Administración

Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a doña JAVIERA ANDREA GUERRERO OLIVARES quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo quinto de los estatutos. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular de esta Comuna, con oficio en esta ciudad, Bolognesi 360, por escritura de fecha 7 de octubre de 2023, bajo el Repertorio Nº 3663, ante mí, doña JAVIERA ANDREA GUERRERO OLIVARES, chilena, soltera, Ingeniera de Riesgos, Calidad y Ambiente, domiciliada en Loncomilla 4.184, Población Belén I, Arica, Rut 16.227.245-4; y don LEONIDAS BAEZ HENRIQUEZ, chileno, soltero, Constructor Civil, domiciliado en Pasaje Rhin 586, Villa Jhon Wall, Arica, Rut 12.718.083-0, constituyen sociedad por acciones: NOMBRE: CONSTRUCTORA MORGANA SpA. DOMICILIO: ciudad de Arica, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; b) La prestación de servicios de transporte terrestre de carga y pasajeros, nacional e internacional, en vehículos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; c) Realizar actos de importación, exportación, elaboración, transformación, incorporación, montaje, manufacturación, distribución, fabricación, distribución y comercialización, al por mayor o al detalle, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, artículos o mercaderías; d) El desempeño de agencias, comisiones y representaciones de empresas extranjeras en Chile o de empresas chilenas en el extranjero; y e) La inversión de todo tipo de bienes raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, la explotación y administración comercial de dichos bienes y la comercialización y distribución de los frutos y productos que dicha explotación genere; y en general, cualquier otra actividad que los accionistas. CAPITAL: $36.000.000, dividido en 36.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que la accionista doña JAVIERA ANDREA GUERREERO OLIVARES suscribe en este acto 34.200 acciones, paga $1.800.000, al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social; y por pagar $32.400.000, dentro del plazo 3 años, contados desde esta fecha, a medida de las necesidades de la sociedad. Que el accionista LEONIDAS BAEZ HENRIQUEZ suscribe 1.800 acciones paga $200.000 en dinero efectivo, valor ingresado a caja social y por pagar $1.600.000, dentro del plazo 3 años, contados desde esta fecha, a medida de las necesidades de la sociedad. ADMINISTRACIÓN: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a doña JAVIERA ANDREA GUERRERO OLIVARES quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo quinto de los estatutos. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Arica, 11 de octubre de 2023.