TRANSPORTES PAVESI TRES Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de agosto de 2023
- Notario
- ANDRES RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público titular 36ª Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2023, ante mí, JORGE WASHINGTON SAAVEDRA HORMAZABAL, MARIA ANGELICA ZAMORA QUINTEROS, JORGE PATRICIO SAAVEDRA ZAMORA, CLAUDIO FERNANDO SAAVEDRA ZAMORA, MARCELO ALEJANDRO SAAVEDRA ZAMORA, JAVIER IGNACIO SAAVEDRA ZAMORA, ALVARO ANDRES SAAVEDRA ZAMORA y MARIA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA, todos domiciliados en Los Hilanderos 8681, La Reina, acordaron modificar TRANSPORTES PAVESI TRES Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita Registro Comercio Santiago a Fs 73201 Nº 50858 año 2012, siguientes sentidos: UNO. Aumentan capital social de $2.000.000 a la suma de $3.097.384, que corresponde a la revalorización del capital propio al 31 de diciembre de 2022. DOS. Cesiones de derechos: a) MARÍA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 2% de los derechos sociales a JORGE WASHINGTON SAAVEDRA HORMAZÁBAL, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $60.000 que se paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada; b) MARÍA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 14% de los derechos sociales a JORGE PATRICIO SAAVEDRA ZAMORA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $420.000 que se pagan en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada; c) MARÍA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 14% de los derechos sociales a CLAUDIO FERNANDO SAAVEDRA ZAMORA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $420.000 que se pagan en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada; d) MARÍA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 6% de los derechos sociales a MARCELO ALEJANDRO SAAVEDRA ZAMORA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $180.000 que se paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada; e) MARÍA ANGÉLICA ZAMORA QUINTEROS, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 8% de los derechos sociales a MARCELO ALEJANDRO SAAVEDRA ZAMORA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $240.000 que se paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada; f) MARÍA ANGÉLICA ZAMORA QUINTEROS, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 14% de los derechos sociales a JAVIER IGNACIO SAAVEDRA ZAMORA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $420.000 que se paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada; g) MARÍA ANGÉLICA ZAMORA QUINTEROS, dueña del 50% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 14% de los derechos sociales a ÁLVARO ANDRÉS SAAVEDRA ZAMORA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $420.000 que se paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que se da por pagada. En conformidad con lo señalado, quedan como únicos socios: a) JORGE WASHINGTON SAAVEDRA HORMAZÁBAL, con un 2% de los derechos sociales; b) MARÍA ANGÉLICA ZAMORA QUINTEROS, con un 14% de los derechos sociales; c) JORGE PATRICIO SAAVEDRA ZAMORA, con un 14% de los derechos sociales; d) CLAUDIO FERNANDO SAAVEDRA ZAMORA, con un 14% de los derechos sociales; e) MARCELO ALEJANDRO SAAVEDRA ZAMORA, con 14% de los derechos sociales; f) JAVIER IGNACIO SAAVEDRA ZAMORA, con un 14% de los derechos sociales; g) ÁLVARO ANDRÉS SAAVEDRA ZAMORA, con un 14% de los derechos sociales; y h) MARÍA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA con un 14% de los derechos sociales. TRES. De acuerdo a lo anterior, se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales, el cual se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de $3.097.384, que los socios aportan de la siguiente manera, en dinero efectivo que ingresa a la caja social a) JORGE WASHINGTON SAAVEDRA HORMAZÁBAL, con la suma de $61.946, equivalente a un 2%de los derechos sociales; b) MARÍA ANGÉLICA ZAMORA QUINTEROS, con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales; c) JORGE PATRICIO SAAVEDRA ZAMORA, con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales; d) CLAUDIO FERNANDO SAAVEDRA ZAMORA, con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales; e) MARCELO ALEJANDRO SAAVEDRA ZAMORA, con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales; f) JAVIER IGNACIO SAAVEDRA ZAMORA, con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales; g) ÁLVARO ANDRÉS SAAVEDRA ZAMORA, con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales; y h) doña MARÍA FRANCISCA PAZ SAAVEDRA ZAMORA con la suma de $433.634, equivalente a un 14% de los derechos sociales”. CUATRO. Modifican el artículo Cuarto de los estatutos sociales, el cual se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: La administración y uso de la razón social corresponderá, indistintamente, a don JORGE WASHINGTON SAAVEDRA HORMAZÁBAL, a doña MARÍA ANGÉLICA ZAMORA QUINTEROS, y a don CLAUDIO FERNANDO SAAVEDRA ZAMORA, quienes actuando en nombre de la sociedad y anteponiendo a sus firmas la razón social, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. En todo lo no modificado seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 02 de octubre de 2023.