MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

NEW VISION OF TRAINING CAPACITACIÓN LIMITADA

RUT 76265373-7 CVE 2389149
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
30 de enero de 2013
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2013
Notario
MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN
Oficio
Octava Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$600.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA CONSUELO LIMITADA socio 76114683-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Notario Público de la Octava Notaría de Viña del Mar, domiciliado en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, Local ciento cinco, certifico que, por escritura pública otorgada hoy, ante mí, IVÁN ANTONIO CARRASCO RÍOS, C.I. 17.477.773-K, domiciliado Los Aromos 770, casa 24, Villa Alemana; CARLOS ALFREDO GALLARDO GARDELLA, C.I. 8.396.676-9, domiciliado en Mercedes 461, departamento 2102, Cerro Placeres, Valparaíso, de paso en ésta; FRANCISCO JAVIER PAREDES DEL PINO, C.I. 14.393.846-8, domiciliado Patricio Lynch 2287, Viña del Mar; SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA CONSUELO LIMITADA, RUT 76.114.683-1, representada por PAULA CRISTINA ÁGUILA AVENDAÑO, C.I. 12.823.881-6, domiciliados Viana 309, Viña del Mar; y don VICENTE ENRIQUE PAREDES ÁGUILA, C.I. 21.389.171-5, domiciliado Viana 309, Viña del Mar; suscribieron escritura pública de cesión de derechos y modificación sociedad “NEW VISION OF TRAINING CAPACITACIÓN LIMITADA”, constituida por escritura pública fecha 30 enero 2013, suscrita Notario de Providencia, Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito fs. 11.114 Nº 7.495, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2013, publicada Diario Oficial Nº 40.479, 07 febrero 2013. CESIÓN DE DERECHOS: Socio IVÁN ANTONIO CARRASCO RÍOS vende, cede y transfiere sus derechos sociales, que equivalen a 20% total del capital social, a SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA CONSUELO LIMITADA, precio es suma de $600.000.- pagados en este acto, en dinero efectivo. Socio CARLOS ALFREDO GALLARDO GARDELLA vende, cede y transfiere sus derechos sociales, que equivalen a 20% total capital social, a SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA CONSUELO LIMITADA, precio es suma de $600.000.-, pagados este acto, en dinero efectivo. Finalmente, socio FRANCISCO JAVIER PAREDES DEL PINO, vende, cede y transfiere: a) porcentaje sus derechos sociales, que equivalen a 58% total del capital social, a SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA CONSUELO LIMITADA, precio es suma de $1.740.000.-, que se paga este acto, en dinero efectivo; y b) porcentaje sus derechos sociales, que equivalen 2% total capital social, a VICENTE ENRIQUE PAREDES ÁGUILA, precio es la suma de $60.000.-, que se paga este acto, en dinero efectivo. Se MODIFICA: 1) Cláusula 4ta escritura de constitución, capital de sociedad será la cantidad de $3.000.000.-, enterado y aportado siguiente forma: a) SOCIEDAD DE INVERSIONES DOÑA CONSUELO LIMITADA, aportó en dominio, $2.940.000.- equivalente al 98% capital social; y b) VICENTE ENRIQUE PAREDES ÁGUILA, aportó en dominio, la suma de sesenta mil pesos, equivalente al dos por ciento del capital social. Con ambos aportes se entera el cien por ciento del capital social”; 2) Cláusula 3a, la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a PAULA CRISTINA ÁGUILA AVENDAÑO, C.I. 12.823.881-6, quien anteponiendo a sus respectivas firmas la razón social, obligará y representará, con amplias facultades, a sociedad todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial en celebración de actos o contratos, indicadas en escritura extractada; 3) Cláusula 2da, razón social será “NEW VISION STRATEGY LIMITADA”, nombre fantasía "NVS LTDA" o “NVS”. Domicilio es ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de agencias, representaciones o sucursales en otros puntos del país; 4) Cláusula 5ta, objeto será servicio apoyo a empresas, código del Servicio de Impuestos Internos NC 829900, en general, ejecutar actos y contratos conducentes a dicho fin o a aquellos que socios de manera unánime acuerden. En lo no modificado, rige íntegramente pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 25 de septiembre 2023.