MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Goa Drinks Limitada

RUT 76445804-4 CVE 2389515
Fecha instrumento
4 de septiembre de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de septiembre de 2023
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de septiembre de 2023, ante mí, comparecen: Uno) Uno) MARÍA SOLEDAD BAEZA PAILAMILLA, chilena, soltera, educadora diferencial, cédula de identidad catorce millones doscientos noventa y seis mil trescientos cuarenta y nueve guión tres, domiciliada en calle Valdepeñas número ochenta y cinco, departamento doscientos trece, comuna de Las Condes, RM, Santiago; Dos) JOSÉ CARLOS ALBERTO SALAZAR MUÑOZ, chileno, soltero, contador auditor, cédula nacional de identidad número 8.368.970-6, navidad 1200 departamento 306, comuna de Vitacura; Tres) PAULA ELENA LATORRE SALAZAR, chilena, diseñadora gráfica, soltera, cédula de identidad número doce millones novecientos trece mil trescientos veintiséis guion cero, domiciliada en Kilómetro noventa y vinco, Los Almendros, Lote Tres, comuna de Requínoa, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, en representación de “PAULA ELENA LATORRE SALAZAR INVERSIONES E.I.R.L.”,; quienes celebran un contrato de cesión de derechos de la sociedad Comercial Goa Drinks Limitada. CESIÓN DE DERECHOS. Por el presente instrumento doña MARÍA SOLEDAD BAEZA PAILAMILLA cede y transfiere a don JOSÉ CARLOS ALBERTO SALAZAR MUÑOZ, la totalidad de sus derechos en la sociedad Comercial Goa Drinks Limitada, que ascienden al uno por ciento de la totalidad de los derechos sociales, quien los que acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión onerosa y transferencia de que da cuenta la cláusula anterior es la suma de un millón de pesos, suma que don JOSÉ CARLOS ALBERTO SALAZAR MUÑOZ paga en este acto, al contado y dinero efectivo, y que doña MARÍA SOLEDAD BAEZA PAILAMILLA acepta a su entera conformidad y satisfacción. En definitiva, quedan como únicos socios “PAULA ELENA LATORRE SALAZAR INVERSIONES E.I.R.L.” con un noventa y nueve porcientos de los derechos y JOSÉ CARLOS ALBERTO SALAZAR MUÑOZ con el uno por ciento de los derechos. Por este acto la sociedad “PAULA ELENA LATORRE SALAZAR INVERSIONES E.I.R.L.”, debidamente representada, viene en autorizar y consentir de la presente cesión de derechos al tratarse de una sociedad de responsabilidad limitada. El capital de la sociedad es la suma de Cien Millones de pesos. En todo lo no modificado por el presente instrumento, regirán plenamente aquellas cláusulas contenidas en los estatutos. Santiago, 12 de septiembre de 2023.