MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MUÑOZ Y QUINTANA LIMITADA

RUT 76355976-9 CVE 2388312
Capital
$200.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de agosto de 2023

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2023
Notario
JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ
Domicilio
Chillán

Sociedad

Capital
$200.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, Notario Público Titular de Chillán, con oficio en calle El Roble Nº 620, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de Agosto de 2023, otorgada ante DON Rodrigo Irribarra Salazar, Notario Suplente de mi oficio, don RAMON HORACIO MUÑOZ RONDANELLI, agricultor, doña MARTA DEL CARMEN QUINTANA VILLAGRAN, labores de casa, cónyuges entre sí, domiciliados en camino a Las Mariposas, KM 13, Chillán; don HECTOR HORACIO MUÑOZ QUINTANA, conviviente civil sin comunidad de bienes, independiente, domiciliado en Pedro Gajardo Ruiz Nº1, comuna de Ancud, doña PABLINA ANDREA MUÑOZ QUINTANA, soltera, técnico en gastronomía, domiciliada en Km.13, camino a Las Mariposas, Chillán, doña MIRTA ALEJANDRA MUÑOZ QUINTANA, divorciada, profesora de historia y geografía, domiciliada en Pasaje Santa Clara Nº2798, Villa Doña Francisca I, Chillán, doña PATRICIA IVON MUÑOZ QUINTANA, casada y separada de bienes, técnico de nivel superior en industrias de alimentos, domiciliada en Fundo Santo Domingo, Km. 4,8 ruta 48, comuna de Bulnes, don FRANCISCO JOSE MUÑOZ QUINTANA, conviviente civil, sin comunidad de bienes, ingeniero en ejecución agroindustrial, domiciliado en Gerónimo de Alderete Nº 184, Villa Martín Ruiz de Gamboa, Chillán, y don PABLO MARCELO MUÑOZ QUINTANA, divorciado, ingeniero en ejecución mecánica, domiciliado en Pamplona Nº934, Villa Madrid, Chillán, modificaron “SOCIEDAD MUÑOZ Y QUINTANA LIMITADA”, nombre de fantasía “RECTIFICADORA MULTIMOTOR LTDA.” Rut Nº 76.355.976-9, y con capital de $200.000.000, constituida por escritura pública de fecha 10.06.2014, otorgada ante el Notario de Chillán don Francisco Javier Yáber Lozano, inscrita a fojas 391 Nº348 Registro de Comercio año 2014, Conservador de Chillán.- Modificada por escritura pública de fecha 04.07.2019 suscrita ante don Patricio Paredes Aguilera, Notario Público Suplente del titular de Chillán don Gerardo Cortés Gasaui. Extracto inscrito a fojas 397 Nº 287 Registro de Comercio año 2019, Conservador de Chillán.- Presentes modificaciones consisten: Por el presente instrumento los socios originales, don RAMON HORACIO MUÑOZ RONDANELLI, titular del 50% de los derechos sociales, y doña MARTA DEL CARMEN QUINTANA VILLAGRAN, titular del otro 50% de los derechos sociales, venden, ceden y transfieren a HECTOR HORACIO MUÑOZ QUINTANA un 8%, a doña PABLINA ANDREA MUÑOZ QUINTANA un 8%, a doña MIRTA ALEJANDRA MUÑOZ QUINTANA un 8%; a doña PATRICIA IVON MUÑOZ QUINTANA un 8%; PABLO MARCELO MUÑOZ QUINTANA un 8%, y a FRANCISCO JOSE MUÑOZ QUINTANA un 8%, esto es, en conjunto el equivalente al 48% del haber social, declarando los cesionarios que aceptan y adquieren para sí dichos derechos sociales, en los porcentajes ya referidos.- El precio de la cesión es la suma total de $120.000.000, que los cesionarios pagan a prorrata de sus respectivos derechos, esto es, don Héctor Horacio Muñoz Quintana; doña Pablina Andrea Muñoz Quintana; doña Mirta Alejandra Muñoz Quintana; doña Patricia Ivón Muñoz Quintana; don Francisco José Muñoz Quintana, y don Pablo Marcelo Muñoz Quintana, cada uno la suma de $20.000.000, de la siguiente forma: Cada cesionario paga en este acto $5.000.000 al contado y en dinero efectivo, y que los cedentes declaran recibir a entera conformidad, el saldo de $15.000.000 cada uno lo pagará en 3 cuotas iguales, anuales y sucesivas de $5.000.000 cada una, con vencimientos los 30 de agosto de cada año, venciendo la primera en la fecha señalada del año dos mil veinticuatro.- Quedan como socios don RAMON HORACIO MUÑOZ RONDANELLI y doña MARTA DEL CARMEN QUINTANA VILLAGRAN, cada uno con un 26% de los derechos sociales; don HECTOR HORACIO MUÑOZ QUINTANA, doña PABLINA ANDREA MUÑOZ QUINTANA, doña MIRTA ALEJANDRA MUÑOZ QUINTANA, doña PATRICIA IVON MUÑOZ QUINTANA, don PABLO MARCELO MUÑOZ QUINTANA y don FRANCISCO JOSE MUÑOZ QUINTANA, con un 8% del haber social cada uno.- b) Se modifica la cláusula SEPTIMA del pacto social en el sentido que las utilidades que produzca la sociedad se repartirán entre los socios de común acuerdo, a falta de acuerdo se repartirán a prorrata de sus respectivos aportes y las eventuales pérdidas se distribuirán a prorrata de sus respectivos aportes. C) Se modifica la cláusula NOVENA del pacto social, en el sentido que La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento de uno de los socios, ésta continuará con los herederos o causahabientes del socio respectivo, representados por mandatario común que deberán designar dentro de noventa días de ocurrido el evento respectivo. En todo lo no modificado continua vigente pacto social y modificaciones.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán, 27 de Septiembre de 2023.