ECOINGENIERIA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2023
- Repertorio
- 11630/2023
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta de Junta de Accionistas de ECOINGENIERIA S.A | socio | 76553653-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 13/09/2023, Repertorio 11630/2023, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta de Accionistas de ECOINGENIERIA S.A., RUT 76.553.653-7, de fecha 28 de julio del año 2022, la que tiene por objeto modificar los estatutos sociales para ser parte del Movimiento B. Se modifica el artículo segundo sobre el objeto de la sociedad, modificando su enunciado y pasando a llamarse Artículo Segundo A, y se agrega un Artículo Segundo B, quedando todo el Artículo Segundo como aquí se señala: “Artículo Segundo A: Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: La compra, venta, distribución, instalación, fabricación, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación, reparación y comercialización de todo tipo de bienes muebles, en particular equipos e instrumentos solares, geotérmicos y/o eólicos, así como los materiales relaciones con la instalación, fabricación, administración y mantenimiento de dichos equipos; la planificación, formulación, administración o gestión y ejecución de proyectos y la asesoría en materias relacionadas con la utilización de la energía eólica, geotérmica y solar, o cualquiera otra sea ésta renovable o no. Artículo Segundo B: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”. Las demás materias no son objeto de extracto.