Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2023
- Notario
- dentidad Número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Se establece como domicilio la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número 178, PISO 5, certifica: Por escritura pública de 12 de Septiembre de 2023, ante mí Diego Ignacio Urrutia Barra, chileno, soltero, periodista, cédula nacional de identidad número 18.721.453-K, domiciliado en calle San Martin número 01881, comuna de Temuco, Región de la Araucanía. constituyó sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Razón social: “Taladro Produce SpA”, nombre fantasía “Taladro Produce SpA”.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Producción, programación, organización y contratación de artistas internacionales, nacionales y regionales. b) Actividades de diversión y esparcimiento. c) Prestación de servicios profesionales en representación de eventos artísticos. d) Actividades de cinematografía, radio y televisión y otras actividades de entretenimiento. e) Servicios de producción de recitales y otros eventos musicales masivos. f) Cualquier otro negocio que acordaren los socios, relacionado, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior y en general, la realización de todo otro negocio o actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, sin perjuicio de aquellas que los socios de común acuerdo determinen. Domicilio: Se establece como domicilio la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía Duración: Indefinida. - Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido en 200 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, suscrito y efectivamente pagado en la forma establecida en el artículo primero transitorio del pacto social.-Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de septiembre de 2023.