XTRA LOGISTICA Y TRANSPORTES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2023
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $16.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Suplente de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 28 de Julio de 2023, ante la Titular, comparecieron:- don LUCAS NICOLAS SAGUAN, don MARIO ANDRES GIUNTA, ambos domiciliados Avenida Américo Vespucio N° 1350, depto. 911, comuna Maipú, y don SANDRO IVAN FERRER PEREIRA, domiciliado en Autopista Los Libertadores N° 415, Edificio Administrativo, piso 3, of. 345, comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, y de paso en ésta, modificaron XTRA LOGISTICA Y TRANSPORTES LIMITADA, RUT. 77.719.452- 6, inscrita a fojas 105092 No. 46318 Registro de Comercio de Santiago, año 2022, cuyo capital es de $16.000.000, totalmente enterado en caja social, sentido que, don LUCAS NICOLAS SAGUAN, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don SANDRO IVAN FERRER PEREIRA, quien compra, adquiere y acepta para sí, en $8.000.000, pagados en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente recibir conforme y a su entera satisfacción.- Asimismo, el socio don MARIO ANDRES GIUNTA, vende, cede y transfiere a don SANDRO IVAN FERRER PEREIRA, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 10% del total de los derechos sociales, en $800.000, pagados en acto firma escritura, al contado, declarando el cedente haber recibido conforme y a su entera satisfacción.- Como consecuencia de las cesiones quedan como únicos y actuales socios de XTRA LOGISTICA Y TRANSPORTES LIMITADA, don MARIO ANDRES GIUNTA, con el 40% del total de los derechos sociales, y don SANDRO IVAN FERRER PEREIRA, con el 60% del total de los derechos sociales, quienes modifican el contrato social, en el sentido que, la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a SANDRO IVAN FERRER PEREIRA, quien dispondrá de todas y cada una de las facultades que se enumeran en la cláusula “quinto” del pacto social primitivo.- En todo lo no modificado mediante el citado instrumento, continúa vigente el pacto social primitivo.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 27 de Septiembre de 2023.-