MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Clínica Dental Itihue Ltda.

RUT 77209194-K CVE 2385954
Capital
$17.000 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2023
Notaría
San

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2023
Repertorio
2654
Notario
RODRIGO IRRIBARRA SALAZAR
Oficio
Primera Notaria San Carlos
Comuna
San

Sociedad

Capital
$17.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Conservador de Bienes Raíces de San Carlos socio 77209194-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO IRRIBARRA SALAZAR, Notario Público Interino, Primera Notaria San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, XVI Región, Certifico: Por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2023 anotada bajo el repertorio N° 2.654, ante mí, don FELIPE JOSÉ FUENTES JIMÉNEZ, C.I. 16.228.748-6, domiciliado en calle Mario Rodríguez número trescientos ocho (308), ciudad de San Carlos; don JOSÉ IGNACIO FUENTES JIMÉNEZ, C.I. 18.452.678-6, domiciliado en Avenida Schleyer número doscientos cuarenta y uno, departamento cuarenta y seis raya B, ciudad de Chillán; y, don GINO ALEJANDRO SALLORENZO NAVARRETE, C.I. 17.757.441-4, domiciliado en camino a San Fabián, Km. once (11), sector “El Sauce”, callejón Los Lagos, parcela Daniela, correspondiente a la ciudad de San Carlos, todos chilenos, solteros, cirujanos dentistas, modificaron la sociedad cuya razón social es Clínica Dental Itihue Ltda., inscrita a fs. 24, Nº 24 del Registro de Comercio de 2020 del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos, Rol Único Tributario Nº 77.209.194-K, de la siguiente manera: 1) Socio don Gino Alejandro Sallorenzo Navarrete, vendió, cedió y transfirió el total de sus derechos en el capital social equivalentes al 33,33% periódico, a don Felipe José Fuentes Jiménez y a don José Ignacio Fuentes Jiménez, quienes los adquirieron y aceptaron para sí, en partes iguales, pasando con la referida cesión o venta a quedar compuesto el interés social del siguiente modo: 50% es de don Felipe José Fuentes Jiménez y el otro 50% es de don José Ignacio Fuentes Jiménez, la mitad para cada uno. El precio de la venta fue la suma única y total de $13.500.000, pagada por mitades entre los compradores, esto es $6.750.000 cada uno, precio que se dio por íntegramente pagado. Consecuencia de lo anterior, la sociedad pasa a quedar integrada por los dos socios antes señalados, cada uno titular del 50% de los derechos en el capital social.2) Se modificó la cláusula cuarta de la escritura de constitución social, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a cualquiera de los dos socios, quienes podrán actuar en todo de manera conjunta o separada y sin limitación alguna, quienes anteponiendo a sus firmas personales la razón social y las iniciales “P.P.” (por poder), administrarán, representarán y obligarán válidamente a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación alguna, y ante todo tipo de personas, naturales o jurídicas, frente al Fisco de Chile, el Servicio de Impuestos Internos de Chile, la Tesorería General de la República, frente al Instituto de Normalización Previsional, y ante todo tipo de Bancos, como, por ejemplo, el Banco del Estado de Chile, Banco Santander, Banco de Chile, e instituciones financieras en general, sin ninguna limitación legal, pudiendo proceder cada uno de ellos con todas las facultades señaladas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución social. 3) Se modificó la cláusula quinta de la escritura de constitución social, en el sentido que el capital social será la suma de diecisiete millones de pesos ($17.000.000), que se entera y paga por los socios por iguales partes: A) APORTE DEL SOCIO DON FELIPE JOSÉ FUENTES JIMÉNEZ: Aporta la suma de ocho millones quinientos mil pesos ($8.500.000).- B) APORTE DEL SOCIO DON JOSÉ IGNACIO FUENTES JIMÉNEZ: Aporta la suma de ocho millones quinientos mil pesos ($8.500.000). La responsabilidad de los socios quedó expresamente limitada al monto de sus respectivos aportes en el capital social. 4) Se modificó la cláusula octava de la escritura de constitución social en el sentido que las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán entre los dos socios y en proporción a sus respectivos aportes o intereses en el capital de la sociedad, esto es, por mitades, cincuenta por ciento (50%) para cada uno. 5) Los socios dejan establecido que el actual domicilio de la sociedad, de acuerdo con la asignación de número que les otorgara la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de San Carlos es calle Ernesto Riquelme N° 459. 6) En todo lo demás, y no expresamente modificado por la presente escritura, queda plenamente vigente la escritura de constitución social original de fecha cinco de agosto de dos mil veinte, ya citada. Rodrigo Irribarra Salazar, Notario Público Interino.- San Carlos, Septiembre 29 de 2023.