MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

160K SpA

RUT 76397389-1 CVE 2386167
Fecha instrumento
29 de septiembre de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de septiembre de 2023
Repertorio
4201-2023
Notario
MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ ÁLVAREZ
Domicilio
Titular
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La consultoria y asesoría integral en la gestión y administración de la empresa, a través sistemas y procesamiento de datos relativos a cualquier proceso o área de gestión empresarial, sea informática, tecnológica, como así, la creación, análisis, estructuración, reestructuración y desarrollo de sistemas, modelos, planes, programas y procesos de gestión y control de tales sistemas, y cualquier otro tipo de actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto descrito

Administración

Corresponderá a DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Titular, doña María Angélica Galán Bäuerle, de la 17° Notaría de Santiago, con oficio en calle Ahumada número 236, piso 3, Santiago, certifico que, por escritura pública, Repertorio N°4201-2023, otorgada ante mí, con fecha 29 de Septiembre de 2023, don DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, chileno, ingeniero informático, divorciado, C.I. 12.681.943-9, con domicilio en calle Santa Beatriz 100 Oficina 906, comuna de Providencia y doña SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA, chilena, soltera, analista de sistemas, C.I. 12.788.730-6, con domicilio en Avenida Ricardo Lyon 1.280, departamento 1.202, comuna de Providencia, Santiago, complementaron extracto de transformación y asimismo sanearon sociedad 160K Tecnología Limitada o 160K Ltda. Dicha sociedad fue constituida como sociedad por acciones, con razón social “160K SpA” por escritura pública de 28/11/2014 en 36 notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, su extracto de constitución se inscribió a fojas 91.893, N°56.025, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, y se publicó en el Diario Oficial N° 41.026, de fecha 06/12/2014. Posteriormente se transformó a una sociedad civil de responsabilidad limitada con razón social 160K Tecnología Limitada, según escritura pública de 21/12/2022, y rectificada por escritura pública de fecha 04/01/2023, ambas suscritas en 8 notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery. El extracto de las escrituras pública de transformación, se inscribió a fojas 2.391, bajo el número 1.131, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, y se publicó en el Diario Oficial N° 43.449, de fecha 12/01/2023, sin embargo en aquel extracto se omitió señalar o incluir ambas escrituras refiriéndose solo a la escritura de rectificación, señalando erradamente: “Por escritura pública otorgada ante mi de fecha cuatro de Enero de dos mil veintitrés, Rep. número ciento cuatro/dos mil veintitrés, don DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, chileno, ingeniero informático, divorciado, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con domicilio en calle Santa Beatriz número cien, Oficina novecientos seis, comuna de Providencia, Santiago; y SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA, chilena, soltera, analista de sistemas, C.I. doce millones setecientos ochenta y ocho mil setecientos treinta guión seis, con domicilio en Avenida Ricardo Lyon mil doscientos ochenta, departamento mil doscientos dos, comuna de Providencia, Santiago. Transformaron sociedad por acciones “160K SpA”, la que fuera constituida por escritura de veintiocho noviembre de dos mil catorce en la trigésimo sexta notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuyo extracto inscribió a fojas noventa y un mil ochocientos noventa y tres, número cincuenta y seis mil veinticinco, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año dos mil catorce; y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil veintiséis, de fecha seis de diciembre de dos mil catorce. Que gira bajo el RUT setenta y seis millones trescientos noventa y siete mil trescientos ochenta y nueve guión uno. Se Transforma a Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada. Razón Social: 160K TECNOLOGÍA LIMITADA, con nombre de fantasía 160K LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país y/o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: La consultoria y asesoría integral en la gestión y administración de la empresa, a través sistemas y procesamiento de datos relativos a cualquier proceso o área de gestión empresarial, sea informática, tecnológica, como así, la creación, análisis, estructuración, reestructuración y desarrollo de sistemas, modelos, planes, programas y procesos de gestión y control de tales sistemas, y cualquier otro tipo de actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto descrito Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón ochocientos mil pesos.- que se aporta como sigue: A) DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, aporta un millón doscientos seis mil pesos; y B) SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA aporta quinientos noventa y cuatro mil pesos.-. Todo íntegramente pagado e ingresado en caja social. Administración: Corresponderá a DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con amplias facultades.- Demás estipulaciones escrituras extractadas.- Santiago, seis de Enero de dos mil veintitrés.- Juan Cristian Berrios Castro.- Notario Suplente.- Debiendo decir: “Por escritura pública otorgada ante mi de fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, Rep. número diecinueve mil ochocientos veintitrés/dos mil veintidós y rectificada por escritura pública de fecha cuatro de enero de dos mil veintitrés, Rep. número ciento cuatro/dos mil veintitrés, don DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, chileno, ingeniero informático, divorciado, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con domicilio en calle Santa Beatriz número cien, Oficina novecientos seis, comuna de Providencia, Santiago; y SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA, chilena, soltera, analista de sistemas, C.I. doce millones setecientos ochenta y ocho mil setecientos treinta guión seis, con domicilio en Avenida Ricardo Lyon mil doscientos ochenta, departamento mil doscientos dos, comuna de Providencia, Santiago. Transformaron sociedad por acciones “160K SpA”, la que fuera constituida por escritura de veintiocho noviembre de dos mil catorce en la trigésimo sexta notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuyo extracto inscribió a fojas noventa y un mil ochocientos noventa y tres, número cincuenta y seis mil veinticinco, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año dos mil catorce; y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil veintiséis, de fecha seis de diciembre de dos mil catorce. Que gira bajo el RUT setenta y seis millones trescientos noventa y siete mil trescientos ochenta y nueve guión uno. Se Transforma a Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada. Razón Social: 160K TECNOLOGÍA LIMITADA, con nombre de fantasía 160K LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país y/o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: La consultoría y asesoría integral en la gestión y administración de la empresa, a través sistemas y procesamiento de datos relativos a cualquier proceso o área de gestión empresarial, sea informática, tecnológica, como así, la creación, análisis, estructuración, reestructuración y desarrollo de sistemas, modelos, planes, programas y procesos de gestión y control de tales sistemas, y cualquier otro tipo de actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto descrito Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón ochocientos mil pesos.- que se aporta como sigue: A) DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, aporta un millón doscientos seis mil pesos; y B) SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA aporta quinientos noventa y cuatro mil pesos.-. Todo íntegramente pagado e ingresado en caja social. Administración: Corresponderá a DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con amplias facultades.- Demás estipulaciones escrituras extractadas.-” Lo anterior consta en certificado emitido por el notario titular de la octava notaría de Santiago Luis Ignacio Manquehual Mery con fecha seis de septiembre del año dos mil veintitrés.- RECTIFICACIÓN DE EXTRACTO: De este modo corresponde rectificar el extracto de transformación debiendo quedar en los siguientes términos: Por escritura pública otorgada ante mi de fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, Rep. número diecinueve mil ochocientos veintitrés/dos mil veintidós y rectificada por escritura pública de fecha cuatro de enero de dos mil veintitrés, Rep. número ciento cuatro/dos mil veintitrés, don DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, chileno, ingeniero informático, divorciado, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con domicilio en calle Santa Beatriz número cien, Oficina novecientos seis, comuna de Providencia, Santiago; y SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA, chilena, soltera, analista de sistemas, C.I. doce millones setecientos ochenta y ocho mil setecientos treinta guión seis, con domicilio en Avenida Ricardo Lyon mil doscientos ochenta, departamento mil doscientos dos, comuna de Providencia, Santiago. Transformaron sociedad por acciones “160K SpA”, la que fuera constituida por escritura de veintiocho noviembre de dos mil catorce en la trigésimo sexta notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuyo extracto inscribió a fojas noventa y un mil ochocientos noventa y tres, número cincuenta y seis mil veinticinco, del Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año dos mil catorce; y publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil veintiséis, de fecha seis de diciembre de dos mil catorce. Que gira bajo el RUT setenta y seis millones trescientos noventa y siete mil trescientos ochenta y nueve guión uno. Se Transforma a Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada. Razón Social: 160K TECNOLOGÍA LIMITADA, con nombre de fantasía 160K LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país y/o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: La consultoría y asesoría integral en la gestión y administración de la empresa, a través sistemas y procesamiento de datos relativos a cualquier proceso o área de gestión empresarial, sea informática, tecnológica, como así, la creación, análisis, estructuración, reestructuración y desarrollo de sistemas, modelos, planes, programas y procesos de gestión y control de tales sistemas, y cualquier otro tipo de actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto descrito Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón ochocientos mil pesos.- que se aporta como sigue: A) DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, aporta un millón doscientos seis mil pesos; y B) SOLEDAD DEL CARMEN FLORES ACOSTA aporta quinientos noventa y cuatro mil pesos.-. Todo íntegramente pagado e ingresado en caja social. Administración: Corresponderá a DANIEL ALEJANDRO GÓMEZ VERA, C.I. doce millones seiscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y tres guión nueve, con amplias facultades.- Demás estipulaciones escrituras extractadas”.- SANEAMIENTO. Asimismo, en la misma escritura los comparecientes sanearon el extracto de la transformación de la sociedad objeto del presente instrumento en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, conforme lo consagra la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y la Ley veinte mil seiscientos cincuenta y nueve, en lo referente a los vicios formales incurridos, toda vez que como se dijo se omitió dar cumplimiento íntegro y correcto de la inscripción y publicación en el Diario Oficial, dentro del plazo legal, del extracto de la escritura de transformación de la sociedad objeto del presente instrumento, con el objeto que un nuevo extracto de la transformación de la sociedad sea publicado inscrito y subinscrito en los registros del Conservador de Bienes Raíces, como así publicado en el Diario Oficial, que dé cuenta del saneamiento referido en la cláusula tercera del presente instrumento, dentro del plazo legal. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 29 de Septiembre de 2023.-